¿Puede la ministra de Salud poner su propio dinero para una campaña? Esto dice la ley

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David Chavarría Hernández (davidchavarriahernandez@gmail.com)
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Entre las varias explicaciones que ha dado la ministra de Salud, Joselyn Chacón, sobre los pagos a un trol, ha dicho que fue para una campaña de Salud. Revisamos qué dice la ley al respecto.


Una de las varias versiones que ha dado la ministra de Salud, Joselyn Chacón, para justificar el pago de ¢400.000 a un trol de redes sociales, es que él ayudaría en la divulgación de una campaña informativa sobre vacunación.

El trol, quien se hace llamar Piero Calandrelli, pero cuyo nombre verdadero es Alberto Vargas Zúñiga, sostiene ahora que la ministra le pagó para atacar a periodistas y diputados opositores.

La ministra Chacón ha afirmado que el personaje de redes sociales les dejó “botados” con la campaña y que, aun así, ella le siguió depositando sumas por “caridad”.

Lea más: Las contradicciones de la ministra Joselyn Chacón sobre sus vínculos con un trol

Chacón manifestó no haber hecho nada ilegal. “Es mi plata, no le tengo que dar cuentas a nadie si hago una obra de caridad o no. No hice nada malo, es mi dinero”, expresó Chacón en una conferencia de prensa el pasado lunes 9 de enero.

En esa misma conferencia, el presidente Rodrigo Chaves respaldó a su ministra.“Estamos hablando de ¢450.000 de dinero privado, particular, de personas que así lo quisieron gastar”, dijo el mandatario.

Es mi plata, no le tengo que dar cuentas a nadie si hago una obra de caridad o no”. Joselyn Chacón, ministra de Salud

Chaves añadió que no se siguió un proceso administrativo para esa supuesta campaña de comunicación porque, al ser fondos privados, no se pueden incluir en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).

Pero, ¿puede la ministra de Salud o cualquier otra persona funcionaria pública usar sus propios recursos económicos para financiar una actividad pública como una campaña de comunicación de esa institución?

En Interferencia de Radios UCR conversamos con un especialista en Derecho Administrativo y revisamos qué dice la normativa.

¿Qué dice la ley?

El abogado experto en derecho Administrativo, Marvin Carvajal, explicó que no es ilegal que un funcionario público pueda “financiar algunas actividades que sean de la gestión de la administración con recursos privados”, pero que existe un procedimiento administrativo establecido en la Ley General de Contratación Pública para ese fin.

“La ley de Contratación prevé la posibilidad de donarle a la Administración ya sean bienes o servicios”, indicó Carvajal.

El abogado señaló que, como parte de ese procedimiento, la legislación ordena que exista un registro de las donaciones.

La normativa a la cual hizo referencia Carvajal es la Ley General de Contratación Pública, que fue aprobada en mayo del 2021 y entró en vigencia el 1° de diciembre del 2022, es decir, apenas hace unas semanas.

Dicha ley añadió un artículo (96 ter) a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, el cual dice: “Todos los bienes, las obras o los servicios que la Administración central reciba o done, en carácter de donaciones nacionales o internacionales, deberán registrarse contablemente según los lineamientos que determine para este efecto la Contabilidad Nacional, como órgano rector en materia contable”.

Mientras que el Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central, en su artículo 3, inciso 6, define una donación como: “cuando por liberalidad de una persona física o jurídica, nacional o internacional, se transmite gratuitamente la propiedad y el dominio de un bien a favor del Estado que la acepta”.

Por su parte, el artículo 11 de ese mismo reglamento establece los requisitos para que el Estado reciba bienes donados. Algunos de esos requisitos son: la manifestación expresa del donante con el detalle del bien o los bienes, así como la aceptación del máximo jerarca de la institución receptora, o en quien este delegue y los documentos de respaldo de la donación, donde conste el valor razonable de los bienes.

Si se actúa habitualmente de esa manera, se puede impedir la fiscalización sobre la actuación pública”. Marvin Carvajal, abogado especialista en Derecho Administrativo.

Según indicó el abogado Carvajal, “nunca una acción de esta naturaleza (donación de fondos) puede sustituir la gestión pública” y por ello se esperaría que sean situaciones extraordinarias.

“No debería ser una acción habitual, para ello pagamos impuestos para que con estos impuestos que son recogidos por Tesorería Nacional e incluidos en el presupuesto nacional para pagar servicios públicos, esa debería ser la norma, independientemente de que la gente done a la Administración”, planteó el experto en derecho Administrativo.

Carvajal resaltó que, “si se actúa habitualmente de esa manera, se puede impedir la fiscalización sobre la actuación pública que, precisamente, parte de ella es el uso de la ley de Contratación y el presupuesto de la República”.

Ahora bien, antes de la entrada en vigencia de la Ley General de Contratación Pública, las donaciones estaban reguladas en la misma Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, pero en el artículo 103 que establecía: “Todos los bienes, las obras o los servicios que la Administración Central reciba en carácter de donaciones nacionales o internacionales, deberán tramitarse según los lineamientos que determine para este efecto la Dirección General de Administración de Bienes”.

Toda donación que reciba una entidad pública, ya sea en especie o en dinero en efectivo, debe someterse a los respectivos procedimientos de formalización, registro contable, presupuesto y de administración y control de bienes”. Criterio de la CGR, setiembre del 2011.

Un criterio de la Contraloría General de la República (CGR), en el año 2011, indicaba que existen principios relevantes que se deben tener en cuenta cuando las instituciones públicas reciben donaciones, entre ellos: la donación debe ser para el cumplimiento de los fines públicos del ente que la recibe, las donaciones no deben ser condicionadas, la Administración receptora debe realizar las diligencias necesarias para acreditar la procedencia y la licitud del bien, el bien donado debe estar en buen estado, se debe verificar la capacidad de disposición del donador sobre el bien donado, se debe verificar el motivo que mueve a un particular a donar un bien, se debe cumplir el deber de probidad.

Dicho criterio de la CGR añadió: “Asimismo, toda donación que reciba una entidad pública, ya sea en especie o en dinero en efectivo, debe someterse a los respectivos procedimientos de formalización, registro contable, presupuesto y de administración y control de bienes”.

¿Registró Salud la donación de Chacón?

Interferencia de Radios UCR consultó al Ministerio de Salud si se había registrado y seguido el procedimiento legal para registrar alguna donación por parte de la ministra de Salud, en el caso en que ella asegura que le pagó a un trol para una campaña de divulgación de información. Este medio incluso solicitó los documentos en los que se hubiese hecho tal registro o el procedimiento para una donación de dinero o de la campaña.

Sin embargo, vía correo electrónico, la oficina de prensa de esa entidad se limitó a responder: “El día lunes 09 de enero, la Dra. Joselyn Chacón, ministra de Salud, se refirió al tema durante la conferencia de prensa; tal y como se indicó en la misma, no se referirá más al respecto. Adicionalmente, le indicamos que el caso fue elevado a instancias judiciales, razón por la cual no se puede compartir ningún documento relacionado al tema”.

Interferencia insistió en que la información solicitada es de carácter público y que no se piden detalles de un expediente judicial, sino de si existió o no el registro de una donación en el Ministerio de Salud; no obstante, la entidad mantuvo su negativa a entregar la información.

Alberto Vargas, administrador de la página de Facebook, Piero Calandrelli, denunció a finales de diciembre la existencia de una supuesta red troles en redes sociales que trabajaban para el Gobierno, con el fin de atacar a periodistas, medios de comunicación y diputados opositores.

La Fiscalía General confirmó que abrió de oficio una investigación en contra de la ministra Chacón, por el presunto delito de peculado. Se investiga el origen de los fondos con los que se pagó el trol, para determinar si se trata o no de fondos públicos.

Asimismo, la comisión especial legislativa que investiga el financiamiento de los partidos políticos en la pasada campaña electoral aprobó una moción para que la jerarca de Salud rinda cuentas sobre los pagos hechos a Piero Calandrelli.

Pese a estos cuestionamientos, el presidente de la República, Rodrigo Chaves, ratificó a Chacón al frente de la cartera de Salud.

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