Sala IV condena al Ministerio de Comunicación por ignorar consultas de Doble Check

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David Bolaños y Arianna Villalobos
- doblecheck@ucr.ac.cr

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo que Doble Check planteó contra el Ministerio de Comunicación por incumplir su obligación de entregar información pública.

El recurso de amparo fue presentado a inicios de septiembre contra el actual ministro de Comunicación, Jorge Rodríguez; y contra su director de prensa, Arnold Zamora. La Sala comprobó los reclamos de Doble Check el 13 de octubre en el expediente 23-021739-0007-CO, sin especial condenatoria en costas, daños y perjuicios contra el Estado.

Doble Check le ha pedido al Gobierno el sustento de distintas afirmaciones hechas por el presidente de la República, Rodrigo Chaves, como parte de su labor periodística de verificar el discurso público. En el recurso de amparo, colaboradores de Doble Check (Arianna Villalobos, David Bolaños e Isaura Gutiérrez) describieron cinco instancias donde el Gobierno desatendió o ignoró completamente solicitudes de información entre febrero y agosto de este año.

Las consultas estaban relacionadas con afirmaciones de Chaves sobre los precios del arroz en Costa Rica, el porcentaje de población migrante que vive en suelo nacional, la posición del país en un informe internacional de lucha contra la corrupción y cifras que el presidente ha mencionado para respaldar la exploración de posibles yacimientos de petróleo y gas natural.

Por ejemplo, Casa Presidencial ignoró dos solicitudes que Doble Check envió entre junio y julio sobre la lógica del presidente para duplicar las estadísticas de personas extranjeras que viven en Costa Rica. Rodrigo Chaves modificó discursos que dio en foros internacionales para señalar que 20% o más de la población en Costa Rica es migrante, cuando la evidencia disponible indica que alrededor de 10% de quienes viven en territorio nacional son extranjeros.

El Ministerio de Comunicación no brindó ninguna aclaración a esas consultas hasta el 12 de septiembre, después de que Doble Check presentó el recurso de amparo. La institución contestó que esa falsedad divulgada por Chaves se debió a un “error involuntario” y justificó ante la Sala que el Gobierno cumplió su deber al dar esa respuesta con casi tres meses de tardanza.

La Sala Constitucional descartó la justificación del Gobierno porque “fue con ocasión del presente proceso que las autoridades recurridas llevaron a cabo las actuaciones necesarias”.

El derecho de acceso a información

El artículo 30 de la Constitución Política garantiza el derecho de la población de Costa Rica para “el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público”. La Sala Constitucional verificó que el Gobierno lesionó ese derecho al ignorar preguntas de Doble Check.

La Sala Constitucional también reafirmó su posición de que el derecho de petición de información y pronta respuesta en Costa Rica “obliga a la Administración a recibir y responder las mismas dentro del plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución Política y el numeral 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional”.

“Por su parte, el artículo 30 de la Constitución Política recoge el derecho de las personas de acceder a la información de interés público en poder de las autoridades y –consecuentemente– el deber de estas de entregar dicha información de forma inmediata si lo pedido está disponible y todo lo anterior sin perjuicio la existencia de posibles excepciones en las que la información debe reservarse en atención a la protección de derechos e intereses relevantes, reconocidos formalmente”, explicó la Sala.

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