Particularidades de las elecciones municipales del 2024

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Lander Arias Obregón
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El próximo 4 de febrero se realizarán las elecciones municipales alrededor del país. Estas son de muy importantes para la dinámica de las autoridades locales, con más de 6200 personas que representarán a los residentes de las diferentes partes de Costa Rica.

En esta ocasión participarán alrededor de 75 partidos cantonales, provinciales y nacionales. Son consideradas como una experiencia nueva para la población costarricense, ya que están siendo realizadas a mitad del periodo presidencial y con todos los cargos municipales concurrentes por elegirse.

Su particularidad también radica en que son las sextas elecciones municipales en el país y las terceras de manera independiente de las elecciones nacionales.

Este tipo de elecciones son menos prominentes a nivel mediático que las elecciones nacionales, pero son más complejas logísticamente para los partidos y para el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Esto históricamente se ha traducido en una mayor abstinencia pero con una tendencia de crecimiento en la participación, ejemplificado por la alta participación en las zonas costeras y rurales, que en las zonas más centrales del país.

Basado en la opinión del asesor político del TSE, Gustavo Román Jacobo, este fenómeno se da porque ”probablemente las personas sienten un mayor arraigo, una identificación mayor con su comunidad, que no tienen esa experiencia de alienación que a veces se viven en ciudades certificadas ”.

Además, estas elecciones poseen dos grandes cambios a nivel organizacional que las diferencia de las anteriores. La primera es la reforma de la Asamblea Legislativa que limita la reelección de cargos municipales. Como explicó Roman, con este cambio no se puede ejercer un cargo municipal, ni alcaldía ni ningún cargo de elección popular, más de dos períodos consecutivos, buscando la alternancia como valor democarivo indiscutible.

El otro gran cambio son los esfuerzos para la participación política de las mujeres, con la mejora de la cuota de género en virtud de que el partido político tiene que proponer un 40% de mujeres en sus listas de candidaturas.

Así fue establecido por el TSE, ya que dicho 40% debe satisfacerse en puestos elegibles y esto se determinaba según cada caso por el desempeño que ha tenido el partido político en cada circunscripción para cada cargo. Lo que hizo el tribunal mediante su jurisprudencia fue darle efectividad real a la legislación propuesta por los diputados.

Como explicó el asesor del TSE, la paridad de género en la postulación se debe observar de manera horizontal, es decir en los encabezamientos de las listas y de las nóminas

Este año se estableció que esto regía no solo para los cargos plurinominales que son las regidurías y las concejalías de distrito, sino también en los cargos uninominales como las alcaldías, las sindicaturas y las intendencias.

Estas particulares elecciones requieren de interés y participación de la ciudadanía porque como mencionó Román “una comunidad política no se construye de arriba para abajo sino de abajo hacia arriba. Son elecciones que tienen que ver con la construcción de la comunidad política, la participación de las personas, apropiación de lo común y de lo que pertenece a la comunidad son fundamentales”.

Desde esta perspectiva, debería considerarse la elección de las personas que se van a estar a cargo de la gestión de los servicios que impactan de manera directa la calidad de vida en el aspecto local.

Conozca más sobre el tema en este programa de Desayunos Radio Universidad

 

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