Pilar Cisneros usa cronología engañosa para excusar fideicomiso Costa Rica Próspera

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Julián Blanco y David Bolaños
- doblecheck@ucr.ac.cr

En resumen: La diputada de Progreso Social Democrático (PSD), Pilar Cisneros, ha trazado una cronología engañosa para excusar la legalidad del fideicomiso Costa Rica Próspera, que es investigado por el Ministerio Público y una comisión legislativa como parte de una supuesta estructura paralela de la campaña del ahora presidente de la República, Rodrigo Chaves. La historia que presenta la diputada omite hechos sobre la elección interna de Chaves como candidato y supone incorrectamente las reglas para fiscalizar las campañas políticas.

En la comisión especial que investiga la campaña nacional del 2022, Cisneros ha justificado que el fideicomiso fue cerrado a mediados de septiembre del 2021, un día antes de que el PSD eligiera a Rodrigo Chaves como candidato y de que el TSE hiciera oficial esa postulación. Según la diputada, no existió un financiamiento paralelo de la campaña por esa razón.

En realidad, las normas del TSE establecen que la obligación de documentar las contribuciones y gastos de campaña de un aspirante presidencial surge cuando los partidos políticos oficializan la precandidatura a lo interno de la agrupación. Las personas o grupos que no hayan sido oficializados internamente están exentos de regulación a menos que sean utilizados como medios indirectos de financiamiento partidario, según la jurisprudencia del TSE.

La diputada ha omitido que la cúpula interna del PSD presentó a Chaves como el posible candidato presidencial desde el 4 de julio del 2021 –siguiendo el estatuto interno del partido– y que el grupo ratificó la candidatura en esa misma sesión.

El partido ratificó nuevamente a Chaves en una asamblea nacional del 19 de septiembre de ese año, donde él fue presentado como el “candidato nominado para la Presidencia de la República”. Cisneros justificó a Doble Check que la segunda ratificación se dio porque el TSE anuló la primera votación por haberse realizado en una reunión virtual. El máximo órgano electoral negó esa afirmación de la diputada.

Comisión legislativa investiga gastos del PSD

Desde octubre pasado, la Comisión Especial de Financiamiento de Partidos Políticos de la Asamblea Legislativa ha discutido “las presuntas estructuras irregulares de financiamiento” de banderas políticas en las elecciones nacionales del 2022. La comisión se ha enfocado en el financiamiento de la campaña del ahora presidente de la República, Rodrigo Chaves, y su agrupación, el Partido Progreso Social Democrático (PSD).

La comisión fue creada por una mayoría del Congreso después de que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) enviara al Ministerio Público un informe preliminar que identificó un “esquema oscuro” de financiamiento de la campaña de Chaves por medio de dos estructuras paralelas. Uno de esos presuntos esquemas ilegales está vinculado con el fideicomiso privado Costa Rica Próspera. Según el TSE, el fideicomiso canalizó fondos provenientes de personas físicas, jurídicas y extranjeras para gastos electorales del PSD.

El Código Electoral costarricense establece un conjunto de reglas para que los partidos documenten y reporten toda actividad de recaudación de fondos “para el partido o para alguna de las tendencias oficialmente acreditadas por este”.

¿Qué dijo Pilar Cisneros?

En la sesión del 20 de febrero de esa comisión especial, la diputada y jefa de fracción del PSD, Pilar Cisneros, defendió la legalidad del fideicomiso Costa Rica Próspera: “Yo les voy a dar la razón por la cual el partido no tenía absolutamente nada que ver con el fideicomiso Costa Rica Próspera, por una razón muy sencilla: porque ese fideicomiso se creó antes de la oficialización de la candidatura de Rodrigo Chaves. Se cerró un día antes”, dijo Cisneros.

“Ya preguntamos al TSE y dicen que [Rodrigo Chaves] queda oficialmente postulado como candidato el día en que el TSE hace la declaratoria. Eso fue el 25 de octubre del 2021 y se hace la solicitud el 18 [de octubre]. El fideicomiso Costa Rica Próspera se cerró el 18 de septiembre, un día antes de la asamblea donde se postula oficialmente a Rodrigo Chaves como candidato a la presidencia y donde nos postulan a nosotros como diputados”, agregó la diputada.

El legislador del Frente Amplio, Ariel Robles, cuestionó esa justificación de Cisneros. “Imagínese las elecciones de mañana: todos los partidos van a decir ‘no, yo no meto a mi candidato, que se lleve hasta el final del proceso electoral para definir esa candidatura y antes de eso hago fideicomisos, voto plata donde quieran y hago campaña electoral’. Es muy peligroso”, dijo Robles, quien es miembro de la comisión..

Cisneros respondió a ese cuestionamiento citando textualmente parte de la sentencia 2522-E8-2009 del TSE:

“Voy a repetir, como cinco veces lo he dicho en esta comisión, textualmente lo que dijo el Tribunal: ‘No rige prohibición ni regulación alguna respecto a las contribuciones privadas que se hagan en favor de personas o grupos de personas con pretensiones políticas, aunque estos sean conocidos aspirantes a cargos de elección popular dentro de un partido’, así que les duela o no les duela, eso [Costa Rica Próspera] no tenía nada que ver con la campaña oficial de Rodrigo Chaves ni con el PSD”, afirmó Cisneros.

Una semana después, Robles retomó el tema y denunció que Pilar Cisneros omitió las dos últimas líneas del párrafo del TSE que citó en la comisión. “¿Qué es lo que sucede con este párrafo de la resolución del TSE? Que doña Pilar lo corta ahí y no lee de la coma para abajo”, dijo el diputado.

El párrafo que citó parcialmente la diputada Cisneros es de la resolución 2522-E8-2009 del TSE. Esta es la cita completa: “No obstante, en tanto no se hayan oficializado candidaturas o tendencias, no rige ni prohibición ni regulación alguna respecto de las contribuciones privadas que se hagan en favor de personas o grupos de personas con pretensiones políticas, aunque éstos sean conocidos aspirantes a cargos de elección popular dentro de un partido, con la salvedad de que esos grupos privados no sean utilizados como medios indirectos de financiamiento partidario”.

Ariel Robles destacó que Cisneros recortó esa última advertencia del TSE.

Control de gastos inicia con precandidaturas

Pilar Cisneros insiste en que Costa Rica Próspera no tiene relación con la campaña del PSD “porque ese fideicomiso se creó antes de la oficialización de la candidatura de Rodrigo Chaves” a mediados de septiembre del 2021. Esa cronología omite hechos sobre la elección interna de Chaves como aspirante presidencial y supone incorrectamente las reglas del TSE para el control de las campañas políticas.

El TSE aclaró a Doble Check que la obligación de un aspirante político de apegarse al Código Electoral surge desde que un partido oficializa la precandidatura internamente.

“Los partidos políticos, en cualquier tiempo, están sujetos a las reglas de reporte, fiscalización y control que establece el Código Electoral, pudiendo considerarse irregular cualquier contribución o aporte que no siga las reglas de la legislación, como lo son la recepción en cuenta única o el informar cuando se trata de donaciones en especie. Si se trata de personas interesadas en contender a lo interno de la agrupación, ese sistema de control deviene aplicable cuando se oficializa su precandidatura”, explicó el TSE.

El artículo 125 del Código Electoral define que “se entenderán por oficializadas las precandidaturas debidamente inscritas ante el partido respectivo con ocasión de sus procesos electorales internos; asimismo, las candidaturas oficializadas serán las así reconocidas de acuerdo con los estatutos del partido político”.

El TSE recalcó que, en su jurisprudencia, “queda claro que el Tribunal ha entendido, tal y como lo exige la normativa actual, que su intervención fiscalizadora solo se puede dar a partir del momento en que una precandidatura, tendencia o movimiento han sido oficializados, en los términos expresamente referidos por el artículo 125 del Código Electoral, es decir, a partir del momento en que, ante las respectivas instancias partidarias, han quedado formalmente inscritos”.

Entonces, personas o grupos de personas que aspiran a puestos políticos están exentos de esa regulación en tanto su bandera no haya oficializado la postulación internamente, “con la salvedad de que esos grupos privados no sean utilizados como medios indirectos de financiamiento partidario”. Así lo indica la resolución del 2009 que Cisneros recortó en la comisión legislativa.

Doble Check le preguntó a Pilar Cisneros si ella conoce las regla para el control de gastos y contribuciones desde la ratificación interna de precandidaturas. La legisladora contestó que “no tengo la menor idea y no tengo por qué saberlo” porque ella no es militante activa del PSD y no ha estado involucrada en política partidaria anteriormente. Cisneros recomendó dirigir la consulta a la presidenta de la agrupación, la diputada Luz Mary Alpízar.

Alpízar declinó consultas de Doble Check porque “este es uno de los temas en investigación” en el Ministerio Público y en la comisión especial del Congreso.

Inicio del camino de Chaves en el PSD

Pilar Cisneros dibuja una cronología donde Rodrigo Chaves fue elegido como candidato presidencial del PSD el 19 de setiembre del 2021, y donde “queda oficialmente postulado” en octubre de ese año ante el TSE. Sin embargo, la agrupación nominó y ratificó a Chaves como su aspirante desde el 4 de julio de ese año.

El PSD celebró una Asamblea Nacional el 4 de julio del 2021, por medio de una reunión virtual, para cambiar parte del estatuto interno de la agrupación y presentar a Rodrigo Chaves como candidato presidencial.

La Asamblea Nacional del PSD agregó un artículo transitorio para formar su papeleta presidencial de las elecciones del 2022. “Para los efectos de la candidatura presidencial se presenta la nómina por la Comisión Política y el Comité Ejecutivo Nacional a la Asamblea Nacional para su ratificación”, indica el acta de la reunión.

Así, la Asamblea Nacional quedó con la potestad de “ratificar los nombramientos de candidaturas para la presidencia de la República” presentados por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y la Comisión Política (COPOL) del PSD.

Además, el partido le dejó al aspirante presidencial la facultad de nominar a sus dos candidaturas para las Vicepresidencias, para su posterior ratificación en la Asamblea Nacional.

Después de esos cambios, el partido siguió con la “presentación y aprobación de la propuesta para las elecciones del 2022 en la candidatura a la Presidencia de la República de Costa Rica”.

“La Presidencia Nacional realiza un resumen del trabajo realizado y acercamiento del Partido Progreso Social Democrático con el movimiento del señor Rodrigo Chaves Robles, vía la Comisión Política, Vocerías y Comité Ejecutivo Nacional”, describe el acta de la sesión. Luego de esa introducción, la presidencia del PSD “solicita por lo tanto el apoyo para que se ratifique la propuesta de que el Sr. Chaves sea el candidato a la Presidencia de la República”.

Rodrigo Chaves fue elegido ese día como candidato a la Presidencia de la República con 42 votos a favor, cero en contra y una abstención.

Es falso que TSE anuló acuerdo del PSD

Pilar Cisneros justificó a Doble Check que la ratificación de Rodrigo Chaves como candidato el 4 de julio del 2021 fue anulada por el TSE y que, por eso, no tuvo pertinencia para el registro del financiamiento de la campaña presidencial. Es falso que el TSE haya anulado esa votación.

En realidad, el TSE solamente alertó que Progreso Social Democrático ratificó a su candidato presidencial por medio de una reunión virtual en julio del 2021, en lugar de garantizar el voto secreto en una asamblea presencial.

El PSD le pidió al Tribunal la inscripción oficial de los acuerdos tomados en la sesión del 4 de julio del 2021. La Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos respondió el 19 de agosto de ese año en el oficio DGRE-0082-DRPP-2021.

“Los partidos políticos deben garantizar para la designación de candidaturas el voto secreto de los asambleístas, por lo que las asambleas celebradas para tales efectos, deben celebrarse bajo modalidad presencial […] En razón de lo anterior, esta Administración Electoral estima oportuno alertar al partido PSD sobre el lineamiento jurisprudencial transcrito, para lo que esta estime pertinente”, destacó la institución.

En aquel momento, el TSE comunicó que “esta Dirección General no se pronunciará –en este momento– sobre la pertinencia –o no– de la designación de la candidatura presidencial en cuestión”.

Cisneros reiteró a Doble Check que está “segurísima” de que el TSE anuló la elección interna de Chaves del 4 de julio del 2021 porque no fue presencial, aunque admitió que “no recuerdo si vi la resolución del TSE” directamente.

Segunda ratificación de Chaves 

El PSD realizó una Asamblea Nacional de forma presencial el 19 de setiembre del 2021 para ratificar su papeleta presidencial y de diputaciones.

“La Presidencia Nacional retoma el tema de la ratificación del candidato [presidencial] en Asamblea online el 4 de julio, pero quedó sin efecto, porque unos días antes por circular el TSE había indicado que no se podía elegir una candidatura en asamblea online, porque la votación es pública. Por lo que hoy en esta Asamblea se requiere ratificar al Señor Rodrigo Chaves”, indica el acta de dicha sesión.

El acta de esa Asamblea Nacional ya describía a Chaves como “candidato nominado para la Presidencia de la República”. El partido también le dio la palabra a Chaves “para que presente la nómina propuesta para la Presidencia y Vicepresidencias de la República”. La nominación de las vicepresidencias es una potestad del candidato presidencial según el estatuto del partido.

Chaves fue ratificado nuevamente con 39 votos a favor y tres en contra. La Asamblea Nacional del PSD también aprobó la terna de diputaciones, y el partido presentó la solicitud de Inscripción de Candidaturas ante el TSE el 18 de octubre de ese año. El Tribunal aceptó la solicitud e inscribió las candidaturas del PSD el 25 de octubre.

La diputada Cisneros justificó que “cuando la Asamblea fue anulada, se anulan todos los actos que ahí se acuerdan”, aunque no ofreció evidencia de ese razonamiento. “Al quedar anulada esa asamblea, fue necesario convocar una nueva, que se reunió el 19 de setiembre. La mejor prueba es que, si se hubiera convocado otra asamblea y los asambleístas deciden no postular a Rodrigo Chaves, el candidato hubiera sido otro”, añadió la legisladora a Doble Check.

Por eso, Doble Check le preguntó directamente al TSE: ¿Es correcto afirmar que el TSE anuló la votación del 4 de julio del 2021 en la Asamblea Nacional del PSD?

“En torno a la designación de la candidatura presidencial, se tomó nota de los acuerdos anteriores a la presentación de la solicitud formal de la inscripción de dicha candidatura, por cuanto el momento procesal oportuno para pronunciarse al respecto es en la etapa de inscripción de candidaturas, razón por la cual esta Dirección en ningún [momento] emitió la nulidad referida”, aclaró el TSE.

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