Asamblea legaliza cannabis medicinal y cáñamo industrial

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Sharon Cavallini
- sharon.garcia@ucr.ac.cr

Proyecto busca promover el desarrollo económico en el país incentivando la producción y comercialización.

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La Asamblea Legislativa aprobó esta mañana en segundo debate el proyecto de ley que permite el cultivo y la comercialización de cannabis para uso medicinal y terapéutico, y de cáñamo para uso industrial en el país.

Este proyecto tiene como objetivo, en el caso del cannabis, utilizar sus derivados para uso medicinal y terapéutico en pacientes que así lo necesiten. Se permitirá siempre y cuando su componente psicoactivo, conocido como THC, no supere el 1% de concentración.

En el caso del cáñamo se autoriza la producción y comercialización para uso industrial y alimentario.

Según la iniciativa aprobada, con esto se pretende promover el desarrollo económico en el país incentivando la producción y comercialización, así como el reparto equitativo de los ingresos en las zonas rurales.

El proyecto fue aprobado con la votación de 29 diputados a favor y 10 legisladores en contra.

Queda pendiente la firma del presidente de la República, Carlos Alvarado, para que el texto se convierta en ley.

El pasado mes de noviembre del 2021, la Sala Constitucional había informado que el proyecto no presentaba inconstitucionalidades, por lo que el Poder Ejecutivo presentó la convocatoria de la iniciativa en sesiones extraordinarias, para que legisladores de la Asamblea pudieran votar en segundo y último debate.

 

Regulación

Las actividades de producción, comercialización e industrialización serán reguladas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Ministerio de Salud, según lo indica la ley.

Por otra parte, el Poder Ejecutivo podrá intervenir para regular y limitar la cantidad de licencias que podrán otorgarse para realizar las actividades autorizadas en dicha ley. También generará limitaciones en cuanto a la producción, las áreas totales de siembra y los sectores del territorio nacional cuando se den razones de interés público con su debida justificación.

También se suma a esta regulación la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), institución que “podrá otorgar contratos de compra de productos a organizaciones, asociaciones, cooperativas o cualquier otro ente que cumpla con lo establecido en la Ley N° 8262,Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas”, según lo establecido en la ley.

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