“Afectación” de ley de empleo público: no recorta salarios actuales, pero sí expectativas salariales

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David Bolaños
- doblecheck@ucr.ac.cr

¿Afectaría o no la ley de empleo público a las personas funcionarias actuales? El candidato presidencial José María Figueres dice que no; José María Villalta lo refutó aduciendo que sí afectaría. Si por “afectación” se entendiera que hay lesión de derechos fundamentales, la Sala Constitucional ha determinado que no la hay. Esto no quiere decir que la implementación de la ley no requiera “sacrificios” para la planilla actual del Estado, según ese tribunal.

El choque de criterios entre los candidatos del Partido Liberación Nacional (PLN) y el Frente Amplio se dio en un debate organizado por el Sindicato de Trabajadores de la Educación Costarricense (SEC) el pasado 17 de noviembre.

Figueres se refirió particularmente a que la reforma “no afecta ninguna de las condiciones salariales” de las personas funcionarias. El Ministerio de Planificación (Mideplan) confirmó que este criterio es correcto en la medida en la que el plan no rebaja los salarios percibidos actualmente.

Figueres dijo también que el proyecto “no afecta a las personas, a los colaboradores que hoy trabajan en el Estado”. Esta afirmación es omisa si se toman en cuenta las afectaciones a las expectativas de aumentos salariales. Los aumentos de salario no se consideran derechos fundamentales, como lo confirmó la Sala IV en el fallo a la consulta legislativa sobre el proyecto (p. 107), pero el tribunal sí ha expresado tangencialmente que una medida como los congelamientos de salario “supone un sacrificio para el trabajador”.

Hay dos maneras en que el proyecto de Ley Marco de Empleo Público afectaría los aumentos establecidos en el ordenamiento actual:

  • Traería un congelamiento automático en los crecimientos de salario para aquellas personas que tengan un ingreso mayor al que se estipule por su categoría según el salario global.
  • Prohíbe la negociación de incentivos salariales en convenciones colectivas.

La vocería de prensa verdiblanca reiteró que el proyecto “NO afecta a los actuales colaboradores en el sector público”. Doble Check repreguntó sobre la afectación a la expectativa salarial, pero no hubo respuesta oportuna.

Figueres dice que plan no afecta a funcionarios actuales

El SEC organizó su debate con temas relacionados a la educación. Participaron Welmer Ramos (Partido Acción Ciudadana), Fabricio Alvarado (Nueva República), Lineth Saborío (Partido Unidad Social Cristiana) y Rodolfo Hernández (Partido Republicano Social Cristiano). También estuvieron Marisela Morales (Unión Costarricense Democrática), Rolando Araya (Costa Rica Justa) José María Figueres (PLN) y José María Villalta (FA).

Figueres fue el único que le dio su apoyo al proyecto de empleo público a viva voz. El candidato ofreció cuatro razones para ello. Su segunda justificación fue:

“Esto [la Ley de Empleo Público] no afecta a las personas, a los colaboradores que hoy trabajan en el Estado. Es decir, no es retroactiva la ley. Por lo tanto, no afecta ninguna de las condiciones salariales en que las personas que ya trabajan con el Estado lo hacen”.

Las otras razones que ofreció Figueres para apoyar el plan fueron las necesidades apremiantes de las finanzas públicas, la oportunidad para eliminar las disparidades de salario, y la posibilidad de mejorar la ley durante el periodo de un año entre su aprobación y su entrada en vigencia.

Welmer Ramos, Marisela Morales y Villalta se posicionaron claramente contra el proyecto. El último refutó a Figueres brevemente. El frenteamplista expresó:

“No es cierto que la ley no afecta a los educadores actuales. Por supuesto que afecta su derecho a la negociación colectiva, establece congelamientos de salarios que impiden que se pueda ajustar los salarios”, expresó el candidato.

La Sala IV no halló inconstitucionalidades en los señalamientos hechos por Villalta, aunque los cambios en las condiciones actuales que anuncia el candidato son correctos. Encuentre el fallo del tribunal aquí.

Salario global congelaría algunos salarios

La incorporación del salario global es una de las principales novedades que incluye la Ley Marco de Empleo Público. Esa medida nace de la intención de uniformar compensaciones para puestos equivalentes en distintas instituciones en la administración pública. Los montos todavía no están definidos públicamente.

Las nuevas contrataciones en el Estado, salvo excepciones, entrarían bajo los criterios del salario global. ¿Qué pasa con las personas que ya trabajan para la función pública? Salvo dispensas en instituciones específicas, la propuesta indica que toda la planilla estatal eventualmente entrará bajo la modalidad de salario global.

En la actualidad, la mayoría de las personas funcionarias labora con contratos de salario compuesto; es decir, un salario base más incentivos salariales. El control en el crecimiento de estos incentivos o pluses es parte de lo que también pretende el proyecto.

El plan contempla dos formas de hacer la migración a salario global, según la persona gane más o menos de lo indicado por salario global para su categoría.

El Ministerio de Planificación remitió a Doble Check el mismo texto del proyecto para referirse a qué sucede con las personas que ganen más que el salario global al momento de entrar en vigencia la ley. A estos funcionarios se les congelaría el salario. Esto implicaría que serían “excluidos de cualquier incremento salarial producto de aumentos a la base (salarial) o bien reconocimiento de incentivos”, indica el transitorio XI del proyecto. Este congelamiento se aplicaría hasta que el monto estipulado por salario global crezca hasta alcanzar el monto congelado del salario.

Las personas que ganan menos que el salario global no verán una mejora en su salario con la entrada en vigencia de la ley. Seguirán ganando el salario base e incentivos de los que ya gozan, con sus aumentos provistos, hasta que su monto de remuneración alcance lo estipulado por el nuevo monto salarial. En ese momento, migrarán al nuevo sistema.

La Sala Constitucional no encontró vulneraciones a los principios constitucionales del derecho al salario en estas propuestas.  Eso sí, la corte advierte que el congelamiento de salarios debe ser temporal y no permanente:

“(…) pues tal congelamiento que supone un sacrificio del trabajador, al no ver aumentado su salario pese al aumento en el costo de vida, se puede hacer únicamente por un plazo definido o determinado y únicamente por circunstancias de orden extraordinario o de interés nacional”.

Con base en ese pronunciamiento, es posible afirmar que el salario global no vulnera los derechos constitucionales de la planilla estatal, según el fallo de Sala IV, pero es engañoso hacer la afirmación amplia de que “no afecta (…) a los colaboradores que hoy trabajan en el Estado”.

Empleo Público prohíbe pluses en nuevas convenciones colectivas

Otro cambio que traerá la ley atañe a las convenciones colectivas, que eventualmente podría implicar un cambio en los incentivos salariales.

Mideplan sostiene que el proyecto no impide la negociación colectiva. “Una convención colectiva podrá ser renovada siempre que supere el proceso de homologación ante el MTSS [Ministerio de Trabajo y Seguridad Social]”, explicó su oficina de prensa.

La reforma fiscal que se aprobó en el 2018 ya ordena a las jerarquías institucionales denunciar las convenciones colectivas cuando lleguen a su límite de vigencia. Este proyecto de empleo público impediría, entre otras medidas, la negociación de nuevos incentivos salariales.

La Sala IV descartó que hubiera roces constitucionales en esta materia. No obstante, Figueres se excede al afirmar que este cambio no implica una afectación a las personas funcionarias actuales. Hay una afectación en la medida de que hay un cambio.

El abogado laboralista Alfonso Chacón explicó a Doble Check que la jurisprudencia vigente en materia de convenciones colectivas ha funcionado como un piso desde el cual los grupos de trabajadores pueden mejorar sus condiciones salariales.

Chacón, quien es opositor al proyecto, afirmó que el plan de empleo público propone un techo a las posibilidades de negociación. “Hay un vaciamiento de las prerrogativas de la convención colectiva”, aseguró.

¿Qué dicen las tiendas del PLN y FA?

Doble Check contactó a las vocerías de prensa de las campañas liberacionista y frenteamplista. La vocería del PLN reiteró que la ley no tiene efecto retroactivo, por lo que se mantienen los derechos adquiridos por las personas en la función pública. La campaña agregó:

“Respecto al salario global, que ha sido lo que ha llevado a la confusión sobre los derechos salariales, es necesario tener claro que solo aplica para los nuevos funcionarios que se contraten luego de la vigencia de esta ley. Las normas transitorias de la ley dejan en claro que los actuales funcionarios siguen con sus mismos salarios”.

La vocería verdiblanca parece referirse a un señalamiento de José María Villalta en el debate. Al respecto, la vocería frenteamplista amplió sobre su preocupación: la imposibilidad de los empleados actuales para acceder a mejoras salariales que técnicamente le corresponderían aunque se hubiera determinado un salario global mayor.

“El artículo 37 de la Ley Marco de Empleo Público establece que el salario global deberá fijarse según estudios técnicos para determinar la remuneración justa y adecuada para cada puesto. Sin embargo, el Transitorio XI del proyecto establece que las personas que ganen menos que lo que determinen los estudios técnicos mantendrán su remuneración actual aún si queda por debajo del salario global”.

Ambas tendencias coincidieron en que los congelamientos de salario vigentes hoy corresponden a la aplicación de la regla fiscal que se aprobó con la reforma del 2018. La tendencia frenteamplista detalló su preocupación de que, ante la aprobación de la ley de empleo público, las personas que ganen menos que lo estipulado por salario global no puedan alcanzar ese monto por los congelamientos surgidos de la regla fiscal.

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