No hay un voto de Sala IV sobre consentimiento informado para vacunas anticovid

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David Bolaños
- doblecheck@ucr.ac.cr

En resumen: Es falso que la Sala Constitucional votó a favor de obligar el uso de “consentimiento informado” para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19. El falso anuncio lo hizo el médico general Augusto Vega Chavarría, que ha difundido falsedades constantemente sobre la pandemia de COVID-19.

La Sala Constitucional sí declaró con lugar un recurso de amparo que Vega había presentado a principios de mayo, pero este no tiene ninguna relación con el tema de consentimientos informados.

El recurso se debió a una solicitud de información que el Ministerio de Salud terminó contestando tardíamente. Vega había solicitado datos sobre personas vacunadas contra la COVID-19 en el país y sobre el uso de las pruebas de laboratorio PCR.

La Sala acogió parcialmente el reclamo interpuesto por Vega, considerando que Salud contestó sus preguntas eventualmente durante el proceso del recurso.

El médico general también difundió falsamente que Salud deberá indemnizarlo con ₡40 millones. La Sala, por voto de mayoría, negó la posibilidad de una condenatoria en costas, daños y perjuicios.

Vega no respondió a consultas enviadas por Doble Check en la mañana de este miércoles. El médico general tiene varios antecedentes como desinformador en temas de salud, y enfrenta un proceso disciplinario por esa razón ante el Colegio de Médicos. Vega ha recibido cuatro sanciones de esa institución.

Publicación falsa en Facebook

La desinformación se dio a conocer en una supuesta entrevista a Vega que se publicó en la noche de este martes en un perfil de Facebook que se identifica como sitio de noticias. La publicación –que se ha compartido más de mil veces– muestra pasajes incompletos del fallo constitucional. El sitio CR Prensa replicó esas afirmaciones de manera textual.

La publicación asegura como “noticia de último momento” que Vega “le gana recurso de amparo” al Ministerio de Salud y a su jerarca, Daniel Salas.

“El presente recurso de amparo fue presentado por el reconocido galeno para obligar al Consentimiento Informado de las Vacunas contra el COVID 19 a la hora de aplicar la misma”, asegura la publicación, que también fue compartida por Vega en sus perfiles de Facebook.

Esa desinformación de Vega hace eco de un reclamo recurrente en grupos antivacunas nacionales, los cuales se oponen a la vacunación obligatoria para trabajadores del sector salud en Costa Rica.

El anunció también asegura que “el Ministerio tendrá ahora que indemnizar al Dr. Vega en en Sala de Juicio de Contencioso Administrativo por un monto de 40 millones de colones por daños y perjuicios por el voto salvado de la Magistrada Hernández Lopez”. Vega incluso describe lo que hará con ese dinero en la supuesta entrevista.

Ambas afirmaciones son falsas.

Recurso no era sobre consentimiento informado

Es cierto que la Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por Augusto Vega contra el Ministerio de Salud el pasado 28 de mayo. Esta es la resolución completa, que fue facilitada por la Sala Constitucional a Doble Check.

El médico tergiversó el fallo. Vega dijo que, debido a la decisión, “el costarricense tendrá más libertad para decidir acerca de si desea vacunarse o no”. Es falso que la Sala hubiera tratado este asunto.

Vega presentó el recurso de amparo el 4 de mayo pasado. El médico general alegaba que había enviado una solicitud de información a Salud el 7 de abril, pero que no obtuvo respuesta.

Vega preguntaba en esa solicitud por el total de personas que recibieron la vacuna contra la COVID-19 hasta la fecha y que hubieran tenido alguna reacción adversa. El médico también preguntó por centros de cuidado de adultos mayores donde se había distribuido la vacunación y por la cantidad de personas vacunadas a quienes se les había hecho una prueba de laboratorio PCR para detectar la infección de COVID-19.

La Sala también consta que, en su solicitud de información, Vega hizo seis cuestionamientos a la prueba de diagnóstico PCR y a la forma en que se registran los decesos por COVID-19.

En ninguna parte de la resolución se indica que Vega hubiera pedido o debatido el uso de consentimientos informados para la vacunación.

Recurso declarado con lugar, parcialmente

La Sala Constitucional acogió para estudio el recurso de Vega y notificó al Ministerio de Salud sobre el proceso el 10 de mayo. Cuatro días más tarde, la Ministra a.i. de Salud, Alejandra Acuña, respondió las consultas del médico general y reenvió la información a la Sala.

La jerarca justificó ante la Sala que “fue necesario recopilar el criterio técnico de otras instancias del Ministerio para atender la consulta planteada”, y que eso había retrasado su reacción.

Los magistrados y magistradas reconocieron en su resolución que “la autoridad accionada dio respuesta a todas las interrogantes de la parte recurrente”, y que la información fue enviada a Vega por medio de correo electrónico.

La Sala sí destacó que hubo una lesión a los derechos de información, petición y pronta respuesta porque el Ministerio no contestó en el plazo de 10 días hábiles que establece la ley, ni comunicó una prórroga en caso de que la información no se pudiera entregar en ese lapso.

Los magistrados y magistradas recalcan la respuesta que dio Salud a las consultas que hizo Vega sobre la vacunación. En cuanto a los cuestionamientos del médico general sobre las pruebas PCR, la Sala advirtió que no se tratan de una solicitud de información, sino que se califican como excitativas para interpelar a la entidad sanitaria o para que esta se comporte de una manera determinada, por lo que no son amparables en el reclamo de Vega.

La Sala terminó declarando con lugar el recurso, pero aclaró que este se da “sin especial condenatoria en costas, daños y perjuicios”.

Es cierto que hubo tres votos salvados que consideran pertinente una condenatoria en daños, perjuicios y costas. Sin embargo, estos constituyen votos de minoría. La resolución de mayoría de la Sala establece que esa posibilidad de indemnización no es pertinente.

Antecedentes de Augusto Vega

Desde finales de marzo del 2020, el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica abrió un proceso disciplinario contra Augusto Vega Chavarría por recomendar falsos métodos de desinfección contra el nuevo coronavirus, así como por sugerir curas contra el COVID-19 sin evidencia científica documentada.

Vega cambió su discurso desde entonces. Ahora asegura otras falsedades, como que la pandemia no existe, que el nuevo coronavirus no ha sido identificado en laboratorio o que no se han realizado autopsias a personas fallecidas por esa infección.

Vega ha sido suspendido de su ejercicio profesional en cuatro ocasiones, entre el 2014 y el 2017, según los registros del Colegio de Médicos y Cirujanos. La sanción más grave se dio en el 2017 por permitir a terceros la confección de dictámenes médicos de licencia de conducir utilizando su cuenta profesional. Vega fue suspendido de ejercer como médico durante 120 días.

Vega también fue sancionado con 60 días de suspensión en el 2015 por incumplir la obligación de tener un expediente clínico y de facilitarlo cuando se lo solicitara un paciente o a una autoridad judicial. Las otras dos sanciones de ocho días se dieron cuando se lo halló culpable de competencia desleal.

Vega afirma en su perfil de Facebook que fue “funcionario” de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El departamento de comunicación de la Organización Panamericana de la Salud (división de la OMS en las Américas) respondió a Doble Check que “no hay registro de su nombre como funcionario de OPS/OMS en Washington (sede regional) ni en la oficina país de Costa Rica”.

La constancia de faltas disciplinarias en firme del médico general Augusto Vega puede descargarse aquí.

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