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Ministra de Economía exige a funcionarios de confianza firmar contratos de confidencialidad que abarcan prácticamente cualquier información

REPORTAJES 20 de agosto del 2026

Ministra de Economía exige a funcionarios de confianza firmar contratos de confidencialidad que abarcan prácticamente cualquier información

Hulda Miranda Picado y David Chavarría Hernández

hulda.miranda@ucr.ac.cr

Los contratos obligan a “proteger y mantener” la información incluso dos años después de terminada la relación laboral

La jerarca del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), María del Milagro Solórzano León, ordenó a funcionarios de confianza firmar contratos de confidencialidad que abarcan prácticamente cualquier información a la que tengan acceso debido a su trabajo. Interferencia conoció al menos dos versiones del documento, ambos suscritos por la ministra y dirigidas a personas que ocupan puestos de confianza, como viceministros y directores.

Los documentos están dirigidos a los llamados “servidores de confianza” y definen como “confidencial” “toda la información y documentación, ya sea oral, escrita, visual, sonora, audiovisual, electrónica o de cualquier otra naturaleza directa o indirectamente suministrada por la jerarca del MEIC o sus distintas dependencias”, que haya sido dada al servidor de confianza “en forma verbal, escrita, codificada, gráfica, electrónica, magnética o por cualquier otro medio tangible, relacionada directamente con su labor”. 

La amplitud de la definición no se limita a documentos que la jerarca o alguna dependencia del MEIC entregue expresamente bajo una clasificación de confidencialidad. Los contratos establecen que también queda cubierta “toda aquella información obtenida en razón y/o en el ejercicio de su cargo a la que pueda tener acceso”, sin importar cómo la obtuvo el funcionario ni cuál empleado del ministerio le permitió acceder a ella.

Las restricciones incluyen no divulgar, comunicar, transferir ni poner a disposición de terceros la información considerada confidencial, incluso si esos terceros son otros funcionarios públicos que no estén autorizados. 

Los documentos añaden una protección específica para las conversaciones con la jerarca institucional. El funcionario no podrá divulgar verbalmente ni por escrito conversaciones sostenidas con la ministra, salvo que cuente con la anuencia de esta. Las disposiciones no distinguen en su redacción entre conversaciones que contengan información sensible y aquellas que pudieran referirse a asuntos administrativos o de interés público.

Las únicas excepciones en los contratos son: información que ya era conocida por el funcionario, que se haga pública por una causa que no le sea imputable, que provenga de un tercero que no esté obligado a mantenerla reservada o cuya divulgación haya sido autorizada previamente y por escrito por una persona con autoridad suficiente dentro del MEIC.

Los documentos establecen una regla particularmente amplia para los casos en que exista incertidumbre, pues señala que, “en caso de duda sobre si una información es confidencial”, el funcionario deberá tratarla como tal. 

En los textos se observa una contradicción, pues mientras que por un lado se indica que al cese de la relación laboral la persona debe devolver los documentos físicos y digitales y eliminar de forma definitiva cualquier copia, respaldo o archivo que contenga información confidencial, a la vez se establece que ese servidor debe “proteger y mantener” esa información hasta por dos años una vez terminada su relación laboral con la entidad.

Los contratos señalan que el incumplimiento es una “falta grave” que  puede generar el despido y que el MEIC podría reclamar daños y perjuicios. 

Fuentes internas consultadas por Interferencia indicaron que la firma de este contrato no es opcional, sino una orden de la ministra. 

Interferencia contactó a la ministra Solórzano para consultarle las razones y el alcance de los contratos. Se le preguntó por qué el MEIC implementó esta medida, cuántos funcionarios están obligados a firmar los documentos y cuáles criterios se utilizarán para determinar qué información debe considerarse confidencial. También se le preguntó cómo evitará el Ministerio que las cláusulas restrinjan información que legalmente debe ser pública y si la prohibición de divulgar asuntos o conversaciones relacionados con la ministra se aplicaría cuando un funcionario detecte una irregularidad, una orden ilegal o un posible acto de corrupción.

Además se le consultó qué garantías tendrán los funcionarios para denunciar ante las autoridades o entregar información de interés público sin exponerse a despidos, demandas o sanciones, así como por qué el deber de confidencialidad se mantiene durante dos años después de finalizada la relación laboral y cuáles criterios se utilizarán para determinar si un incumplimiento amerita un despido o una reclamación por daños y perjuicios. 

No obstante, vía mensaje de texto la ministra solo pidió que las consultas se hicieran a través de la oficina de prensa. Así se hizo y la gestión se encuentra en trámite.

Restricciones

Los contratos implementados en el MEIC se suman a otros antecedentes de restricciones al flujo de información institucional y al contacto de los funcionarios públicos con la prensa durante los gobiernos de Rodrigo Chaves y Laura Fernández. 

En mayo de 2022, al inicio de la administración de Rodrigo Chaves, una grabación de una reunión en Casa Presidencial reveló que el entonces jefe del despacho presidencial, Jorge Rodríguez Vives, pidió “disciplina absoluta” a los directores de Comunicación de ministerios e instituciones descentralizadas. Según publicó La Nación, Rodríguez afirmó que no siempre debía atenderse a la prensa y defendió limitar las conferencias a una pregunta por medio, sin posibilidad de repreguntar.

Durante aquella reunión también se promovió que las instituciones dirigieran su comunicación directamente a la población y se coordinara el flujo de información desde las oficinas de prensa. Rodríguez afirmó que los medios no publicarían las acciones positivas del Gobierno y pidió mantener una línea común en la comunicación institucional.

También, el 11 de agosto de 2026, CR Hoy informó que la Gerencia General del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) ordenó canalizar todas las solicitudes de entrevistas, declaraciones e información por medio de su Asesoría de Comunicación.

La directriz, firmada el 5 de junio de 2026 por la gerente general del INA, Paula Valenciano Campos, impide que los trabajadores respondan por su cuenta consultas periodísticas relacionadas con la institución. La Presidencia Ejecutiva, la Gerencia General y la Asesoría de Comunicación deben decidir quién está autorizado para contestar, incluso cuando se trate de consultas sobre asuntos técnicos. 

La disposición abarca solicitudes de medios escritos, radio, televisión, plataformas digitales, redes sociales y pódcast. También ordena a los funcionarios abstenerse de divulgar información confidencial o considerada estratégica y les impide emitir criterios que puedan interpretarse como una posición oficial del INA sin validación previa.

Tras darse a conocer esos lineamientos, el INA aclaró a sus funcionarios que se trataba de aspectos de organización pero que respeta el derecho de cada funcionario a expresarse a título personal. 

Más recientemente, la presidenta Fernández firmó un decreto para declarar secreto de Estado una amplitud de asuntos relacionados con seguridad nacional. Diputados y diputadas de oposición presentaron una acción de inconstitucionalidad y pidieron la suspensión como medida cautelar.