Los préstamos gota a gota son una práctica cada vez más frecuente. ¿En qué consisten y cuáles son sus riesgos?
En los últimos años se ha vuelto cada vez más común encontrar letreros en los postes eléctricos ofreciendo préstamos al instante y sin papeleos. Algunas personas acuden a estos al no poder acceder a créditos en las entidades bancarias, sin saber que estas opciones traen consigo mayor endeudamiento y violencia.
Este tipo de créditos, conocidos como los “préstamos gota a gota”, se caracterizan por su naturaleza informal e involucran prácticas ilícitas que van desde cobros excesivos hasta amenazas, extorsión y agresiones.
El abogado litigante y especialista en criminología, José Luis Campos Vargas señala que en estos casos el préstamo de dinero no se hace de forma ilegal, pero sí la manera en que se hace el cobro. “Si bien de entrada no son ilícitos, por la forma que se realizan, terminan generando una serie de hechos punibles asociados a la actividad del préstamo”.
Además, Campos explica que estos créditos no cuentan con garantía documental. Sólo se respaldan por la entrega de dinero, no hay contrato ni documentos que establezcan las condiciones del préstamo.
¿Qué delitos se pueden asociar con esta práctica? Según Campos se pueden enumerar 5 principales:
–Usura ya que quienes prestan el dinero se aprovechan de la vulnerabilidad de otras personas y ofrecen dinero a cambio de garantías de carácter extorsivo o desproporcionado frente a lo que está recibiendo.
-Extorsión porque quienes realizan estos créditos buscan un lucro con intimidación o amenazas graves. Es la conducta delictiva más común que sufren las personas que acceden a estos préstamos y está regulada en el artículo 214 del Código Penal Costarricense.
-Amenazas agravadas. Este delito está regulado en el artículo 195 del Código Penal y tiene que ver con el “uso de amenazas injustas y graves para alarmar o amenazar a una persona, si el hecho fuere cometido con armas de fuego, o por dos o más personas reunidas, o si las amenazas fueren anónimas o simbólicas”.
-Lesiones. Se regulan en el Código Penal en los artículos 123, 124 y 125. Van desde lesiones gravísimas, cuando hay incapacidad permanente en la persona; hasta graves, con incapacidad mayor a 5 días y leves cuya incapacidad llega a menos de 5 días.
-Homicidio que puede ser simple o calificado. Este es el precio más alto que la persona tiene que pagar por haber incurrido a esta vía informal de financiamiento.
“Conozco casos de personas que han sufrido extorsiones. Algunos colegas han atendido situaciones donde las personas ya han sido agredidas en razón de las deudas que contraen con estas personas” – José Luis Campos Vargas, abogado litigante.
Además, a inicios de abril se aprobó en segundo debate la Ley que busca sancionar el préstamo gota a gota. Según Campos el cambio principal es que define un nuevo delito que se llama extorsión cobratoria.
Este consiste en que si la amenaza o intimidación se dirige a una persona menor de edad, adulta mayor o con alguna situación o condición de vulnerabilidad, si el hecho es cometido por dos o más personas, hay agresión física o psicológica a la víctima, o si el hecho es cometido con armas o mediaran daños a la propiedad, la pena se aumenta a prisión de cuatro a ocho años.
UNA PREOCUPACIÓN REAL
De acuerdo con la segunda entrega de la Encuesta Nacional de Endeudamiento de la Oficina del Consumidor Financiero realizada a finales de 2023, los préstamos gota a gota podrían estar movilizando grandes sumas de dinero en nuestro país. En el estudio “el 7,4% de los encuestados afirmaron haber tomado algún préstamo de este tipo, lo que equivaldría a alrededor de 221.000 mil costarricenses”.
Es por eso que Campos enfatiza que este tipo de créditos deben ser una preocupación real, que hay que denunciar los casos y la única forma de prevenirlos es no acudiendo a estas vías informales.
“Estamos hablando de organizaciones criminales que han visto en esta forma de actuar un medio muy sencillo de financiar otro tipo de actividades como el tráfico de drogas, como los robos agravados, ya sea de vehículos o viviendas y entonces también va generando una problemática todavía mayor”, recalca.
Encuentre aquí la entrevista completa sobre el tema que se realizó para el programa Consulta Legal.