El chequeo engañoso para defender la Ley Jaguar (parte 1)

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Darío Chinchilla
- doblecheck@ucr.ac.cr

En resumen: El proyecto de Ley Jaguar elimina funciones preventivas de la Contraloría General de la República (CGR), y el Gobierno, en un video, ha distorsionado este hecho sin ofrecer evidencia de lo contrario.

El Gobierno presentó el video como una verificación a un mensaje de la Contraloría del 18 de junio, con cinco puntos narrados por la ahora ministra de la Presidencia, Laura Fernández. La Contraloría señaló que el proyecto desmantela controles sobre fondos públicos, impide prevenir actos irregulares tras la presentación de denuncias y elimina controles preventivos. En su refutación, el Gobierno responde a argumentos que no fueron expresados por la Contraloría.

La iniciativa de Ley Jaguar sí elimina controles preventivos sobre los fondos públicos, y limita la posibilidad de que la CGR actúe de manera anticipada frente a irregularidades que se den a conocer por denuncias. Ante los señalamientos hechos por la Contraloría, Presidencia difundió refutaciones que se alejan de la crítica original. En respuesta a Doble Check, Casa Presidencial tampoco presentó argumentos atinentes y caracterizó la disminución de funciones de Contraloría como “límites constitucionalmente válidos y necesarios”.

Casa Presidencial también negó que su iniciativa permite evadir procedimientos en las contrataciones de obra pública. Además, el Gobierno rechazó que la Ley Jaguar le permita a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) escoger “a dedo” a sus socios estratégicos para desarrollar obra pública. Estas afirmaciones serán abordadas próximamente por Doble Check en las partes 2 y 3 de esta verificación.

Recorte de funciones preventivas de la CGR

Casa Presidencial difundió un video con formato de verificación en la conferencia de prensa del 19 de junio para responder a un comunicado que la contralora general, Marta Acosta, publicó el día anterior sobre los efectos del proyecto de ley 24.364, conocido como Ley Jaguar. Parte del video fue incorporado a la cadena nacional del 23 de junio.

El video está dividido en cinco puntos narrados por la entonces ministra de Planificación, Laura Fernández. La jerarca fue reubicada para dirigir el Ministerio de la Presidencia desde el 22 de junio.

La ministra Fernández inició la supuesta verificación de esta manera:

Punto uno: dice la Contraloría que, con la ley Jaguar, se elimina la fiscalización de los fondos públicos. Eso es falso. La ley Jaguar no elimina ningún artículo de la Ley Orgánica de la Contraloría ni permite tampoco ignorar los controles sobre la Hacienda Pública. Queda claro que la Contraloría tiene potestades para sancionar y hasta inhabilitar a los funcionarios y jerarcas. La Contraloría fiscaliza, controla, juzga y sanciona. Nada de eso se está cambiando, no estamos disminuyendo una sola función constitucional de la Contraloría”.

Según Laura Fernández, la contralora señaló que el proyecto de Ley Jaguar elimina “la fiscalización de los fondos públicos”. Fernández cambió las palabras de contralora: en realidad, Acosta señaló que la iniciativa pretende “desmantelar el control sobre los fondos públicos”. Fiscalización y control son conceptos diferentes.

La Contraloría explicó a Doble Check que el control, en este contexto, se refiere a las medidas que se adoptan antes, durante y después del uso de fondos públicos para asegurar que este uso sea correcto. La fiscalización es un proceso de revisión sobre dichos controles.

La ministra agregó que la “Contraloría fiscaliza, controla, juzga y sanciona” y que “nada de eso se está cambiando”. En realidad, el proyecto de Ley Jaguar sí cambia la función de control de la CGR. Eso es evidente en varios apartados de la propuesta de ley.

En una enmienda al artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría, la Ley Jaguar le prohíbe expresamente a la institución “evaluar previamente la gestión administrativa” del Gobierno.

La ministra Fernández destacó que la reforma no elimina ningún artículo de la ley orgánica de la CGR, pero esa afirmación también es engañosa. El texto no elimina artículos, pero hace ediciones a los estatutos que sí disminuyen las facultades de la Contraloría. Además en el mismo artículo 12 (que describe las funciones de la institución), la propuesta de ley sí elimina todo el texto vigente y lo sustituye por otro completamente nuevo. El nuevo texto enlista todas las funciones preventivas que la institución no podrá ejercer, como ordenar, interpretar, advertir, recordar y recomendar.

Doble Check le preguntó al Gobierno cómo la Ley Jaguar no disminuye las funciones de la CGR, considerando que la Constitución incluye entre sus deberes y atribuciones “las que esta Constitución o las leyes le asignen”. El Gobierno no respondió directamente a esta cuestión. En cambio, Casa Presidencial describió las modificaciones como “límites constitucionalmente válidos y necesarios” para evitar que la institución se convierta en un “órgano de coadministración”.

Atención preventiva ante denuncias

La ministra Fernández también dijo: “Punto número dos: Que las denuncias caerían en el vacío. Falso, falso, falso. No estamos modificando ninguna competencia de la Contraloría para atender denuncias sobre malos manejos de los fondos públicos. Esto ni siquiera se menciona en la Ley Jaguar. La atención de denuncias es una tarea que la Contraloría tiene que seguir haciendo y que la Ley Jaguar más bien le refuerza”.

La ministra eludió nuevamente el señalamiento original. La contralora no dijo que “las denuncias caerían en el vacío”.

Esta es la afirmación textual de la contralora Acosta: “Eso es justamente lo que pretende el proyecto de referéndum: […] que una denuncia o auditoría no pueda derivar en la prevención de un acto irregular o de ineficiencia, entre otros efectos visibles. […] “Si la CGR recibe una denuncia ciudadana o una solicitud de investigación por parte de la Asamblea Legislativa y se encuentran posibles irregularidades o malos manejos de los fondos públicos, no podría la CGR tomar ninguna acción para prevenir, advertir, corregir o sancionar lo que encontró en su investigación”.

Es correcto que la palabra “denuncia” no aparece en el proyecto de ley, como lo afirma la ministra. Sin embargo, Fernández evitó referirse al argumento de fondo sobre la prevención, y defendió que el proyecto no afecta la recepción de denuncias en general. En contraste, la preocupación expresada por Contraloría es que la institución no podrá prevenir, advertir, corregir o recomendar para evitar una irregularidad revelada por una denuncia ciudadana.

Esta imposibilidad de actuar preventivamente se puede ver, por ejemplo, en la reforma al artículo 17 de la Ley de la Contraloría, que dicta las potestades para el control de la eficiencia de la institución. El proyecto de Ley Jaguar borra las capacidades para efectuar prevenciones, así como de dictar instrucciones y órdenes. Por el contrario, limita que la institución solo ejercerá fiscalización de la eficiencia de los controles internos.

Así lo revela también un cambio en el artículo 9 de la Ley de Control Interno, que indica que la CGR “únicamente podrá actuar a posteriori de las actuaciones administrativas para garantizar su legalidad”.

En su respuesta a Doble Check, Presidencia indicó que Contraloría mantiene la posibilidad de actuar preventivamente ante una denuncia. No obstante indicó que ya no tendrá la potestad de suspender actos y contratos del Estado “por su propia voluntad”, sino que deberá solicitar la intervención de un juez para hacerlo. Eso implica una modificación de las competencias de Contraloría para atender denuncias, contrario a lo expresado por la ministra Fernández en su mensaje.

Casa Presidencial se refirió también a todas las potestades que la reforma no modifica. Sin embargo, reconoció que “la limitación de dictar órdenes que se menciona en el proyecto está referida expresamente al ejercicio de la potestad de control de eficiencia”. Esta potestad es la que permite a la Contraloría actuar preventivamente ante una denuncia.

“Ordenar” es suprimir controles preventivos

La ahora ministra de la Presidencia añadió lo siguiente sobre las funciones de la Contraloría:

Punto número tres: que se suprimiría el control preventivo. No es correcto. La ley Jaguar ordena lo que le toca hacer a la administración activa, es decir, a las instituciones, y lo que le corresponde a la Contraloría. El control previo es muy diferente a que la Contraloría se comporte como un gobierno paralelo. Aquí nadie quiere evadir controles o suavizar reglas. La medicina que necesita este país no es resolver uno o dos proyectos sino lograr una verdadera transformación para impulsar el desarrollo nacional; si no, ¿qué va a ser el pueblo de Costa Rica? ¿Seguir esperando a que los proyectos pasen un vía crucis de controles previos, interpretaciones, advertencias, recordatorios y cuanta cosa quiera la Contraloría por décadas y décadas y décadas pateando la pelota para adelante sin resolver los verdaderos problemas nacionales?”

De nuevo, la ministra distorsionó el señalamiento original. Según Fernández, la contralora indicó que se suprimiría el control preventivo en general pero, en realidad, Acosta dijo que “se eliminan los controles preventivos de la Contraloría”, en específico. Además, la ministra intentó refutar esa afirmación sin hacer referencia al texto de la ley, limitándose a expresar opiniones y juicios de valor sobre la CGR. Su argumento es que la ley “ordena” las responsabilidades del Gobierno y de la Contraloría.

¿Implica ese supuesto ordenamiento la eliminación de controles preventivos de la Contraloría? Sí.

La reforma cambia por completo el artículo 12 de la Ley de la CGR, que establece a la Contraloría como el órgano rector del control y la fiscalización, con la capacidad de emitir normas obligatorias e instrucciones a otras instituciones. El Gobierno introduce un nuevo texto que, entre muchas prohibiciones, señala que la Contraloría no podrá “evaluar previamente la gestión administrativa de la administración pública activa”.

En consonancia con este cambio —y como se mencionó previamente—, la propuesta de ley añade una oración al artículo 9 de la Ley de Control Interno, detallando que la Contraloría “únicamente podrá actuar a posteriori de las actuaciones administrativas para garantizar su legalidad”.

Doble Check señaló a Casa Presidencial que la Ley Jaguar elimina las potestades de la Contraloría para realizar prevenciones y dictar instrucciones y órdenes, y preguntó por qué esto no implicaría eliminar los controles preventivos que la institución ejerce hasta hoy. La respuesta de Presidencia evitó abordar directamente la pregunta.

Ante la evidencia citada, Presidencia reiteró que la reforma solo introduce límites para evitar la coadministración. El Gobierno destacó que la Ley de la Contraloría solo sufre “dos ajustes muy puntuales” y enumeró nuevamente todos los artículos que permanecen inalterados.

 

Nota del editor: Doble Check realizó esta verificación como parte del proyecto #CRíticamente, con el apoyo de la Asociación de Periodismo Colaborativo Punto y Aparte y la fundación People In Need Costa Rica.

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