En resumen: Juan Diego Castro insinuó que una resolución más anticipada del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) sobre la anulación de las candidaturas municipales de Aquí Costa Rica Manda (ACRM) en Acosta y San Ramón hubiera solucionado la disparidad de género que evitó la inclusión de ese partido en las elecciones por alcaldías y sindicaturas del país. Eso es falso.
El abogado y excandidato presidencial calificó las resoluciones del TSE en esos cantones como la “chanchada” de una institución de “traidores de lesa patria”. Según Castro, “el tema de la paridad horizontal no hubiera operado” si el TSE hubiese emitido dichas resoluciones dos o tres semanas antes de finales de diciembre pasado.
El TSE rechazó todas las postulaciones de alcaldías y sindicaturas de ACRM porque el partido incumplió la normativa para garantizar la paridad de género. Encima de eso, hubo cantones donde el TSE anuló las papeletas —incluyendo las regidurías— porque el partido intervino de forma indebida en la escogencia de las candidaturas. Eso fue lo que pasó en Acosta y San Ramón.
Sin embargo, eso no quiere decir que los cantones hayan sido excluidos del cálculo de paridad de género en las papeletas de ACRM. Resoluciones más anticipadas o favorables para la agrupación en San Ramón y Acosta no hubieran cambiado la balanza de género del partido ni los hechos que justificaron la invalidación del TSE. Así lo confirmó a Doble Check el letrado de esa institución, Luis Rivera.
Castro no respondió las consultas enviadas por Doble Check a través de su bufete de abogados desde el 8 de enero.
¿Qué dijo Juan Diego Castro?
El abogado y excandidato presidencial, Juan Diego Castro, difundió un video donde acusó a representantes del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de “conspirar contra la democracia costarricense” por haber rechazado las candidaturas municipales del partido Aquí Costa Rica Manda (ACRM) en los cantones de Acosta (San José) y San Ramón (Alajuela).
Castro publicó esa crítica el 21 de diciembre del 2023 en su perfil de Facebook y ha recibido alrededor de 8.500 reproducciones. El abogado señaló a la jefa del departamento de Registro de Partidos Políticos, Martha Castillo, y a tres magistraturas del TSE: Luis Diego Brenes, Zetty María Bou y Mary Anne Mannix.
“Ustedes, los del bolero antidemocrático, los del trío de la tiranía suprema electoral; usted, Brenes, Bou y Mannix, quedarán marcados en la historia de este país como unos vendepatrias. ¿Cómo se les ocurrió haber hecho con los partidos afines al Gobierno actual la chanchada que hicieron? Y hoy más que nunca, Martha Castillo, la ideóloga de todo este proceso desbaratador de la transparencia electoral –hermana del presidente de la Sala Cuarta, Fernando Castillo Víquez– sale con la última chancada: impide que el partido Aquí Costa Rica Manda participe en las elecciones de los cantones de Acosta y San Ramón por otros motivos ajenos al tema de la paridad”.
Castro insinuó que ACRM se hubiese librado de problemas en el cálculo de paridad de género de sus papeletas si el TSE hubiera resuelto los casos de Acosta y San Ramón con más anticipación.
“¿Por qué, Martha, por qué el Tribunal Supremo, por qué el trío nefasto se esperó hasta hoy para anular esas dos papeletas, si lo hubiera hecho hace dos o tres semanas atrás el tema de la paridad horizontal no hubiera operado y más de 100 mujeres costarricenses pudieron haber sido candidatas a las alcaldías y a los puestos de síndicas en los cantones de Costa Rica?”, aseguró el abogado.
Juan Diego Castro –quien fue ministro de Seguridad y Justicia en la administración Figueres Olsen– también cuestionó la legalidad del plan piloto del TSE para implementar la papeleta única electrónica en las elecciones municipales de febrero próximo.
Después de esas críticas, Castro calificó al TSE y a la Contraloría General de la República como “dos mesones de corrupción, de antidemocracia y de traidores de lesa patria [sic.]”.
Enredo de procesos del TSE
En primer lugar, Juan Diego Castro confundió la revisión de candidaturas municipales que hizo el departamento de Registro de Partidos Políticos y las apelaciones que los magistrados y magistradas del TSE examinaron posteriormente.
Los partidos políticos tenían como fecha límite el 20 de octubre pasado para enviar sus listas de nominaciones a la Dirección de Registro de Partidos Políticos del TSE. Ese departamento –cuya jefa es Martha Castillo– estuvo encargado de verificar el cumplimiento de la normativa electoral en la definición de las candidaturas.
Dicha entidad rechazó postulaciones de Aquí Costa Rica Manda (ACRM) y de otros partidos políticos en varias resoluciones emitidas a inicios de noviembre. Los representantes de ACRM tramitaron apelaciones que fueron resueltas en última instancia por las magistraturas del TSE, quienes emitieron su criterio definitivo desde diciembre pasado, cerca de la fecha en que Castro difundió sus acusaciones.
Acosta y San Ramón no arreglaban paridad
El TSE rechazó todas las postulaciones de alcaldías y sindicaturas de ACRM porque el partido incumplió la normativa para garantizar la paridad de género. Encima de eso, hubo cantones donde el TSE anuló las papeletas —incluyendo las regidurías— por irregularidades adicionales en el proceso de nominación del partido. Eso fue lo que pasó en Acosta y San Ramón.
Según el principio de paridad, las banderas con intención de competir en las elecciones municipales del 2024 debían procurar que sus papeletas estuvieran integradas y encabezadas por un número igualitario de hombres y mujeres.
El área de Registro de Partidos Políticos del TSE verificó la paridad de género en el total de nominaciones de Aquí Costa Rica Manda. Por ejemplo, la agrupación pretendía inscribir 69 candidaturas a las alcaldías, divididas entre 36 hombres y 33 mujeres. El TSE confirmó a Doble Check que esas listas incluían a los cantones de Acosta (San José) y San Ramón (Alajuela).
Dicha oficina del TSE rechazó las postulaciones de alcaldías y sindicaturas de ACRM en noviembre pasado. Una mayoría de tres magistraturas del TSE sostuvo ese criterio ante reclamos hechos por Federico Cruz, presidente de ACRM y asesor de comunicación en Casa Presidencial.
Adicionalmente, el TSE rechazó las papeletas ACRM en Acosta y San Ramón en votos individuales porque el partido intervino de forma indebida en la escogencia de las candidaturas de esos cantones.
Sin embargo, eso no quiere decir que los territorios hayan sido excluidos del cálculo de paridad de género. Resoluciones más anticipadas o favorables para ACRM en los casos de San Ramón y Acosta no hubieran cambiado la balanza de género del partido ni los hechos que justificaron la invalidación del TSE.
“La verificación de la paridad se hace con base en las nóminas que presentan los partidos, no en las candidaturas que queden bien inscritas”, explicó Luis Rivera, letrado del TSE.
Las irregularidades adicionales
Los partidos tienen que escoger a sus candidaturas por medio de asambleas cantonales, mientras que la asamblea nacional ratifica las decisiones posteriormente. El TSE halló que Aquí Costa Rica Manda y otras banderas políticas desatendieron esa normativa electoral en varios cantones del país.
La asamblea nacional de una bandera puede definir las papeletas de un territorio de forma excepcional “cuando se verifiquen omisiones impropias o errores imputables a la asamblea o al órgano consultivo cantonal”, según la jurisprudencia del TSE. ACRM expuso ese argumento en sus apelaciones: el tribunal rechazó la justificación para los casos de San Ramón y Acosta, pero la aceptó en las nóminas de regidurías y concejales de distrito del cantón central de Alajuela.
Veamos lo que pasó en Acosta:
La cúpula de ACRM puso los nombres para las papeletas de Acosta justificando que no fue posible realizar una asamblea cantonal para ese territorio en septiembre pasado. Sin embargo, el TSE halló que dicha imposibilidad se debió a la “inacción y falta de diligencia” de las autoridades partidarias.
El área de Registro de Partidos Políticos rechazó la papeleta de ACRM para Acosta y las magistraturas del TSE desestimaron la apelación del partido en un voto unánime del 18 de diciembre anterior (resolución 10297-E3-2023).
“Todos los elementos que constan en el expediente, incluido el informe de fiscalización respectivo, apuntan de forma consistente a que el PACRM no tomó todas las precauciones necesarias, como por ejemplo contar con un sitio adecuado, y con un encargado diligente para que se celebrara la asamblea cantonal de Acosta”, señalaron las magistraturas del TSE en última instancia.
Ahora, veamos el caso de San Ramón:
La asamblea nacional de ACRM también armó las papeletas de San Ramón sin celebrar una asamblea cantonal. El partido justificó ante el TSE que desconvocó la asamblea cantonal del 27 de septiembre del 2023 por “amenazas hacia algunos asambleístas por llamadas telefónicas” y que no fue posible reprogramar la convocatoria por limitaciones de tiempo.
El tribunal electoral rechazó esas justificaciones y descartó las candidaturas en el voto 10311-E3-2023 del 20 de diciembre. El TSE expuso que, por ejemplo, ACRM pudo haber solicitado asistencia policial en la asamblea de San Ramón para “tutelar la participación política de esos integrantes cantonales”.
El letrado del TSE, Luis Rivera, agregó que las nóminas de regidurías de ACRM en 14 cantones de la provincia de San José también fueron denegadas porque la asamblea nacional las definió sin una causa justificable (resolución 10284-E3-2023).
TSE aceptó reclamo de ACRM en Alajuela
En contraste, el máximo tribunal electoral le dio la razón a ACRM al defender sus nóminas de regidurías y concejales de distrito en el cantón central de Alajuela. Juan Diego Castro no incluyó ese hecho en su crítica.
El área de Registro de Partidos Políticos rechazó las candidaturas de ACRM inicialmente por una supuesta intromisión de la asamblea nacional en las papeletas alajuelenses, pero las magistraturas del TSE comprobaron que las acciones del partido estuvieron justificadas (resoluciones 10160-E3-2023 y 10292-E3-2023).
ACRM celebró una asamblea cantonal en Alajuela pero esta debió suspenderse por altercados “violentos” y “casi físicos” entre los participantes. “Los hechos sucedidos en esta asamblea son atribuibles exclusivamente a quienes acudieron (personas integrantes de la asamblea cantonal), ya que fueron quienes provocaron suspensión de la asamblea cantonal por parte de su encargado”, concluyó el TSE en última instancia.
Caso similar del PAC
Aquí Costa Rica Manda no fue el único partido que perdió candidaturas por haber intervenido de forma irregular en su escogencia. Lo mismo le sucedió al Partido Acción Ciudadana (PAC) con sus nominaciones para la alcaldía, regidurías y sindicaturas del cantón de Santa Cruz, en Guanacaste (resolución 10291-E3-2023).
“El TSE rechaza todas las candidaturas del PAC en Santa Cruz por el mismo motivo. Aún así, Santa Cruz fue considerada en la ponderación general de paridad de género del partido”, recalcó Luis Rivera, letrado del TSE.