Doble postulación: una “trampa” legal y antigua que tampoco garantiza curul

Avatar por defecto
Por Álvaro Murillo | Semanario Universidad | alvaromurillo@ucr.ac.cr
-

Costa Rica es parte de una minoría de países que permite la candidatura simultánea en fórmula presidencial y lista legislativa, aunque esta opción data de muchos años y solo resultó eficaz para el 12,5% de quienes lo intentaron en las últimas dos décadas. ¿Se prohibirá algún día?


El último fue Rodolfo Hernández, candidato del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC), que faltando un mes para que comience formalmente la campaña electoral para el 2022, se confirmó como candidato para gobernar el país y al mismo tiempo como aspirante para ser uno de los 11 diputados de la provincia San José. Está por verse si le resulta.

Lo mismo había hecho ya el excandidato liberacionista Rolando Araya con el partido que le ofreció el actual legislador Dragos Donalescu (electo por el PRSC) y también Fabricio Alvarado, que encabezará la papeleta presidencial del Partido Nueva República, en la que también los dos aspirantes a las vicepresidencias son al mismo tiempo pretendientes de una curul por Heredia y otra por Cartago.

La figura, polémica en años recientes, se llama “doble postulación” y dio una curul al 12,5% de los 48 políticos que participaron así en sus respectivas elecciones entre 1998 y 2018, según una revisión de UNIVERSIDAD basada en registros del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

El recurso de postularse de manera simultánea a una curul legislativa y al cargo de presidente o vicepresidente de la República no es ninguna novedad en el instrumental electoral de Costa Rica, pero ha cobrado vigencia ante la fragmentación partidaria y en la discusión política.

“No es un recurso frecuente en América Latina, pero vimos que algunos países lo tienen y no está exento de debate”, Eduardo Núñez.

Incluso desde agosto se presentó un proyecto para prohibir esa posibilidad derivada de la manera que está escrito el artículo 148 del Código Electoral. Lo hicieron la socialcristiana María Inés Solís (Partido Unidad Social Cristiana, PUSC) y Wagner Jiménez (Partido Liberación Nacional, PLN).

“No es un recurso frecuente en América Latina, pero vimos que algunos países lo tienen y no está exento de debate”, Eduardo Núñez.

Plantearon juntos esa reforma sin mayor criterio técnico, pero alegando que hay críticas frecuentes en redes sociales de que aumenta el desencanto de las ciudadanía, que provoca desigualdad en la competencia electoral y que debilita el sistema democrático, “lo que pone en riesgo todos los derechos y deberes”.

No está en la ley, pero no está prohibida

En realidad no es una opción que esté mencionada en la ley, pero tampoco está prohibida y prima el derecho de las personas a ser electas, según una interpretación que dio el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) en 2009. En ese mismo año la doble postulación quedó prohibida en Argentina, un año antes de que Bolivia hiciera lo mismo.

Ahora solo Costa Rica, Nicaragua, Perú y Uruguay tienen habilitada la doble postulación a pesar de ser sistemas presidencialistas (con una marcada separación del Ejecutivo ante el Poder Legislativo), según información que recabó el politólogo costarricense Eduardo Núñez, ante una consulta de este Semanario.

“No es un recurso frecuente en América Latina, pero vimos que algunos países lo tienen y no está exento de debate”, comentó Núñez sobre esa figura derivada del artículo 148 del Código Electoral.

En los últimos 20 años la doble postulación se ha utilizado en 48 ocasiones, pero serían más de 50 si se incluyen las que ya se han anunciado para las elecciones de febrero del 2022; aunque es previsible que en las próximas semanas se anuncien más.

A ese recuento habría que sumar la posibilidad de doble postulación en las elecciones municipales, para la cual también hay presentada una propuesta de prohibición firmada igualmente por María Inés Solís y Wagner Jiménez.

El TSE no tiene una posición sobre la conveniencia o no de esa posibilidad, a pesar de la interpretación que hizo en 2009 sobre la manera como los diputados de ese momento dejaron redactado el Código Electoral, recordó el letrado Andrei Cambronero.

Ese criterio de 2009 trataba de la misma figura de “doble postulación” que quedó avalada en 1996 por un voto de la Sala Constitucional, consultada por los diputados que en ese año reformaron las normas electorales que venían desde 1950 (https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/sen-1-0007-83848) y que se aplicaba desde el siglo XIX, cuando había senado.

“No altera la configuración del necesario balance de los Poderes, como tampoco se afecta el régimen democrático que como opción política escogió el constituyente para organizar el país. Eso sí, debe señalarse que aparentemente es necesaria una mayor claridad en la norma”, se lee en el voto 06252-1996, aprobado por cuatro votos a favor y tres en contra.

Los magistrados que sí consideraron inconstitucional la doble postulación se basaron en el artículo 9 de la Constitución Política, que señala que el Estado lo conforman poderes “distintos e independientes entre sí”.

Los tres de minoría dijeron que la doble postulación tiene obstáculos. “Eventualmente traería disfuncionalidades en todo el sistema, ya que, por ejemplo, los requisitos para ser candidato a Presidente son más rígidos (30 años de edad y costarricense por nacimiento) que los contemplados para el aspirante a Diputado (21 años y ser naturalizado con 10 años de residencia en el país luego de haber obtenido la nacionalidad); y afirmamos que eso está dispuesto así por el Constituyente, dado que no tuvo en mente que ambas categorías de aspirantes llegaran a ser comunes, desde que esencialmente se trata de dos tipos de categorías, que como tales deben ser reguladas diversamente”, dice el voto salvado de los magistrados de entonces Carlos Arguedas, Adrián Vargas y Luis Fernando Solano.

Carlos Arguedas, quien dejó la Sala Constitucional y después fue diputado, es ahora columnista y semanas atrás opinó que lo ideal sería que todas las candidaturas presidenciales dieran también acceso a una curul si obtienen un porcentaje mínimo de votos, lo cual fortalecería la legitimación de la Asamblea Legislativa y abriría oportunidades de mejorar la gestión política con el Ejecutivo.

Conveniente o no, un asunto de San José

Sin embargo, la figura de la “doble postulación” es solo un recurso que podría calzar en un sistema parlamentario, que no es el que tiene Costa Rica, lo que hace que la persona candidata deba renunciar a uno de los dos cargos en caso de resultar electa para ambos. Eduardo Núñez advirtió que no es que esa opción existe en los países parlamentarios, sino que siguen un camino diferente: todos los aspirantes electorales se postulan para el legislativo y si quedan electos podrían formar el Gobierno.

Comentó que en principio los cargos exigen capacidades distintas y condiciones diferenciadas. Para gobernar el país se espera un mayor liderazgo y para ser diputado conviene un conocimiento detallado de la provincia que se representa, por ejemplo, al menos en la teoría. “Entonces la doble postulación podría ser percibida por la población como un engaño en un intento de ejercer el poder por cualquier vía; aunque también podría ser una opción que posibilite una mayor gobernabilidad, pues en teoría los partidos eligen a sus principales líderes para la candidatura presidencial y ese liderazgo se diluye si no accede a un puesto”, comentó.

Luis Fishman
Luis Fishman fue en 2010 candidato presidencial y diputadil en el segundo lugar por San José. Aunque obtuvo menos de 4% de votos para la Presidencia, alcanzó la curul. (Foto: Archivo).

En la práctica es usual que candidatos presidenciales de partidos pequeños compitan en esa vía como una manera de ganar exposición que resulte útil para la candidatura de verdad, la de diputado, sobre todo en la provincia de San José, donde se requieren menos votos para obtener una curul (73% de los casos de doble postulación desde 1998).

Sin embargo, candidatos de partidos tradicionales también han aprovechado la posibilidad, como hizo Luis Fishman en 2010 en el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC, 3,8% de los votos válidos para la Presidencia), a pesar de que iba en el segundo lugar por San José, detrás de la exprimera dama Gloria Bejarano.

Fishman es uno de los seis candidatos que tras postularse en una fórmula presidencial y en una nómina legislativa han alcanzado la curul. Se suman Wálter Muñoz (1998), José Manuel Echandi (2006), Otto Guevara y Óscar López (2014) e Ivonne Acuña (2018), todos en San José.

De esta última lista, solo Acuña ha sido candidata a una vicepresidencia, pues acompañaba a Fabricio Alvarado en la fórmula del Partido Restauración Nacional (PRN), quien en 2018 no podría haberse postulado para diputado porque ya lo era y en Costa Rica no se permite la reelección consecutiva.

Más noticias en Interferencia

 

0:00
0:00
Lista de Reproducción