En resumen: Es falso que la Sala Constitucional «demostró» y «reafirmó» acusaciones que la Fuerza Público había hecho contra una comunicadora detenida el 29 de octubre en Cartago. El Ministerio de Seguridad Pública divulgó esta interpretación falsa el 11 de noviembre en un comunicado.
“Además de la obstrucción a la labor policial, se demostró y se reafirmó como probado que la detenida lanzó golpes y amenazas en contra de los oficiales, hecho señalado como cierto por la Sala Constitucional”, publicó Seguridad Pública. Eso es falso, según confirmó la misma vocería de esa corte.
La Sala únicamente declaró sin lugar un recurso de habeas corpus de la comunicadora Estela Chinchilla Mora contra el Poder Judicial (no contra Seguridad Pública). El esctito presentado alegaba que a la comunicadora no se le permitió comunicarse con su abogada durante su detención.
Ante una consulta de Doble Check, el Ministerio de Seguridad Pública insiste en sostener las afirmaciones hechas a pesar de que la propia Sala Constitucional las desmiente.
Detención de comunicadora
La comunicadora Estela Chinchilla Mora fue detenida por la Fuerza Pública el pasado 29 de octubre durante una protesta en Ochomogo de Cartago. La manifestación se organizó en oposición a las negociaciones del gobierno con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Chinchilla fue aprehendida por el presunto delito de resistencia agravada.
La Fuerza Pública indicó en sus informes que Chinchilla “obstruyó la labor policial, amenaza a los oficiales e incumple la medida sanitaria de la siguiente forma; interpone su cuerpo entre la humanidad de la oficial y un sujeto que se estaba abordando en el momento”.
Chinchilla negó tal acusación, según un reporte del Semanario Universidad. “Yo les dije que soy prensa y ando totalmente identificada, pero me dijeron que me van a pasar a flagrancia por resistirme al arresto y por obstrucción, eso es totalmente falso, la manifestación ni había empezado”, dijo la comunicadora.
Recurso contra Poder Judicial
Una mujer de apellidos Zamora Ruiz interpuso un recurso de habeas corpus a favor de Chinchilla y en contra del Poder Judicial tras su detención. La denunciante afirmó que Chinchilla fue trasladada de la Delegación Policial de Cartago a los Tribunales de Justicia. Agregó que la fiscala de flagrancia no le permitió a su abogada comunicarse con la detenida.
La Sala Constitucional declaró sin lugar ese recurso. La resolución se dio el martes 10 de noviembre para el expediente 20-019900-0007-CO.
“Contrario a lo afirmado por la recurrente, se informa bajo juramento que a partir del inicio de la tramitación en la Fiscalía, se apersonó la Licda. Olga Magdalena Carrillo Bianchi como abogada particular de la persona detenida. La Fiscal encargada, de forma personal, atendió a la defensora, a quien se le garantizó acceso total a su representada. Luego de llevar a cabo la diligencia de toma de datos provisional, la cual se practicó en presencia de la Licda. Carrillo Bianchi en el ejercicio de su defensa técnica, se le dejó en libertad al no recibirse denuncia alguna contra la persona detenida”, detalló la Sala para declarar sin lugar el recurso.
Ministerio de Seguridad tergiversa pronunciamiento
El Ministerio de Seguridad Pública divulgó un comunicado al respecto el miércoles 10 de noviembre. La gacetilla se tituló “Magistrados respaldan detención de mujer que golpeó y amenazó a policías durante bloqueo alegando ser comunicadora”. El mensaje también fue replicado en un video transmitido en el perfil de Facebook del ministerio.
Seguridad afirmó que los magistrados constitucionales “señalaron como hechos probados” los informes realizados por la Fuerza Pública sobre la detención de la comunicadora.
“Además de la obstrucción a la labor policial, se demostró y se reafirmó como probado que la detenida lanzó golpes y amenazas en contra de los oficiales, hecho señalado como cierto por la Sala Constitucional”, agregó.
Ambas afirmaciones del Ministerio de Seguridad son falsas. Así lo señaló la Sala Constitucional a Doble Check por medio de su vocero, Alonso Mata.
“La Sala Constitucional no avala el accionar de la Fuerza Pública en la detención de Estela Chinchilla en esa resolución; ni siquiera lo entra a conocer. No da por cierto los hechos que la Policía le atribuye en el informe; solo reconoce que existe ese informe”, advirtió Mata.
El objeto del recurso nunca fue avalar la veracidad de los informes. Las referencias a ellos están diferenciadas como citas textuales con el uso de comillas y letra itálica.
El vocero de la Sala también recalcó que el Poder Judicial era la parte recurrida en el recurso de habeas corpus presentado a favor de Chinchilla. La Fuerza Pública solo fue una entidad consultada.
Mata indicó que hay otros dos recursos presentados por Chinchilla que aún están en trámite.
Seguridad insiste en interpretación falsa
Doble Check informó de la aclaración de la Sala IV al Ministerio de Seguridad Pública para obtener una reacción. La institución mantuvo la interpretación errónea de su comunicado oficial, según se desprende de declaraciones de una vocera.