El órgano electoral negó que el presidente Rodrigo Chaves o cualquier jerarca quede “amordazado” durante la campaña electoral. Aclaró que la restricción se limita a la propaganda gubernamental y busca impedir que recursos del Estado se utilicen para incidir en la contienda electoral.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó que el presidente Rodrigo Chaves ni ningún otro funcionario público quede “amordazado” a partir del 2 de octubre, cuando inicia la campaña electoral. Según explicó, lo que existe es una prohibición histórica que impide usar recursos del Estado en propaganda política, de manera que la competencia entre partidos se dé en condiciones de equidad.
El órgano electoral cuestionó así las declaraciones del presidente Chaves en la cadena nacional del domingo, donde utilizó imágenes con una cinta en la boca y palabras como “silencio” y “cállense”, y advirtió que el próximo miércoles 1° de octubre será “un día triste para la democracia” porque, según él, será la última conferencia de prensa del Consejo de Gobierno antes de las elecciones.
El Tribunal aclaró que nada de eso es cierto: el Ejecutivo puede seguir dando conferencias de prensa, atender emergencias, inaugurar obras y brindar entrevistas. Lo único prohibido es que estas actividades se transmitan como propaganda en redes oficiales, medios institucionales o en cadenas nacionales de radio y televisión.
“Lo que el Código Electoral prohíbe no es la transparencia ni la rendición de cuentas, es la propaganda gubernamental”, precisó Gustavo Román, vocero del TSE.
Román recalcó que no es cierto que el presidente ni ningún jerarca quede “amordazado” en este periodo. La normativa establece que las instituciones públicas no pueden divulgar obras, exaltar logros de gestión ni visibilizar a sus jerarcas durante la campaña.
“Es muy censurable que desde el Poder Ejecutivo, y utilizando recursos públicos, se mienta de esa manera y se ofenda además las más valiosas tradiciones democráticas de los costarricenses”, respondió Román a las declaraciones de Chaves.
El vocero del TSE insistió en que no se trata de una medida nueva, sino de una norma aplicada de manera constante a gobiernos de distintos partidos en siete procesos presidenciales anteriores. Por ello, calificó de “falsedad desinformativa” la afirmación de que estas restricciones son un invento reciente del órgano electoral.
“Decir que esto es nuevo y que ‘quién sabe a dónde nos lo fuimos a encontrar’ es una falsedad. Y es una falsedad, no en el sentido de un error, sino como narrativa de desinformación contra las instituciones democráticas de Costa Rica”, manifestó Román.
Román asimismo advirtió que difundir este tipo de mensajes desde el Ejecutivo afecta la confianza en las instituciones y “pretende ensuciar con mentira uno de los mayores orgullos democráticos de Costa Rica: la integridad de sus procesos electorales”.
El funcionario recordó que la prohibición de la propaganda gubernamental durante los procesos electorales tiene casi un siglo de respaldo legal y que con los años se ha ido actualizando. Explicó que se trata de una derivación del principio de imparcialidad política, vigente desde 1927, y que quedó plasmada en el artículo 142 del Código Electoral de 2009, antecedido por la reforma de 1996.

En 2025, la prohibición se amplió a toda difusión digital, pagada o no, atendiendo criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte IDH estableció que incluso cuando no se contratan anuncios, la producción de videos, fotos o transmisiones con funcionarios y equipo institucional implica el uso de recursos públicos que no deben destinarse a beneficiar a una opción electoral.
El órgano electoral además recordó que el incumplimiento de esta prohibición puede acarrear para los funcionarios responsables el delito de desobediencia y beligerancia política, previa resolución del TSE.



