En Costa Rica se aplica desde 2022 la Licencia de Maternidad y la de Paternidad. Con la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público, aquellos padres que trabajan en este sector tienen derecho a un mes calendario luego del registro del nacimiento o la adopción para dedicarse al cuido de su hijo o hija.
Cuatro meses para las madres y dos días por semana durante el primer mes para los padres son parte de los derechos que tienen las y los trabajadores cuando tienen un nuevo hijo o hija.
Desde 1996 estas licencias remuneradas no sufrían una reforma, por lo que muchos de sus aspectos necesitaban una actualización. En 2022 por medio del proyecto de ley 21.149 se ampliaron algunos de los derechos. (Código de Trabajo, artículo 95)
La abogada laboralista, Susana Fallas, explicó durante el programa Consulta Legal cuáles fueron las reformas que se le realizaron al Código de Trabajo en pro de las madres y padres de familia.
Según Fallas, tanto la licencia de maternidad como la de paternidad, es un período de reposo obligatorio que se le otorga a las personas trabajadoras cuando nace un bebé.
DERECHOS DE LAS MADRES
Las licencias de maternidad tienen una duración de cuatro meses: un mes en el periodo preparto y tres meses en el postparto. De igual manera, si durante el embarazo surgen complicaciones la trabajadora tendrá derecho al pago de una licencia por incapacidad según el criterio médico.
¿Qué pasa si durante el embarazo ocurre un aborto espontáneo? Si se da antes de las 20 semanas de gestación, se considera como riesgo del embarazo y la trabajadora no tendrá derecho a una licencia de maternidad, pero si a una incapacidad. Si el aborto sucede entre las semanas 20 y 37 de gestación, la trabajadora podrá acogerse a una licencia de maternidad de 45 días.
Otro aspecto que resulta importante es el de los nacimientos prematuros. Si el parto se da entre la semana 20 y la 36, la madre tendrá derecho a los cuatro meses completos de licencia de maternidad. También, si el bebé lamentablemente muere cuando la madre está en el periodo postparto de la licencia, no perderá su derecho a este reposo.
En aquellos casos donde la madre tenga embarazos múltiples, como gemelos o trillizos, la licencia cambia. “Por cada feto de más que exista, la madre tendrá derecho a un mes más del postparto. El preparto siempre será de un mes, por ejemplo, si son gemelos tendrá el mes de preparto y cuatro meses de postparto”, explicó la abogada laboralista.
Con respecto a la remuneración de las licencias de maternidad, la madre tendrá derecho al pago de su salario. El patrono realiza un aporte del 50% y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) asume el otro 50% para completar el salario que venía percibiendo la trabajadora.
DERECHOS DE LOS PADRES
A partir de la reforma del 2022 en el Código de Trabajo surgió la licencia de paternidad. Esta anteriormente se otorgaba como un beneficio y no como un derecho. Su objetivo es que los padres puedan compartir las responsabilidades del cuido del bebé recién nacido.
Según datos de la CCSS desde el 1 de junio de 2022 y hasta el 29 de mayo de 2023 se han otorgado un poco más de 40 mil licencias de paternidad en Costa Rica.
El principal requisito para obtener la licencia es ser padre biológico, y constituye el derecho a dos días por semana, durante las primeras cuatro semanas después del nacimiento.
En marzo del 2023, con la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público, esta licencia cambió para los empleados públicos. En estos casos, se amplió el permiso a un mes con goce de salario, a partir de un día después del registro del nacimiento o la adopción.
Al igual que con la licencia de maternidad, el trámite no se realiza ante el patrono o la empresa, ya que quien otorga la licencia es la CCSS. “El padre tiene que llenar un formulario en el cual debe declarar que es el padre biológico del menor y mencionar cuáles son los días que quiere disfrutar de ese derecho”, detalló Fallas.
OTROS DERECHOS Y DEBERES
De igual manera, el patrono deberá otorgar a sus trabajadores permiso con goce salarial para que acudan a las citas médicas tanto de la madre como del niño, durante el primer año de vida. En el caso de las mujeres que están en su periodo de embarazo, tienen el derecho de asistir a sus citas médicas pero la ley no exige que sea con goce de salario.
“Deben comunicar con antelación que tienen esta cita, acuden a la cita y tienen que regresar a su centro de trabajo y deben aportar el comprobante de asistencia”, manifestó la abogada.