Condena del PAC en caso de estafa no es una “multa”

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David Bolaños
- doblecheck@ucr.ac.cr
Editor de Doble Check.

En resumen: Es incorrecto describir como una “multa” la condena que recibió el Partido Acción Ciudadana (PAC) por su responsabilidad civil en la estafa contra el Estado que cometieron dos miembros de la agrupación en el 2010.

El fundador del PAC, Ottón Solís, justificó en una entrevista que “al PAC se le impuso una multa porque nombró y vigiló mal a una persona que fue condenada por estafar”. Solís repitió que al PAC “se le multó” por ese caso durante un congreso del partido a finales de julio. Sin embargo, la justificación de Ottón Solís puede inducir a error sobre el tipo de responsabilidad que tuvo el PAC en el caso.

Una multa es impuesta por desacatar una norma o contrato, según el diccionario usual del Poder Judicial. Por ejemplo, hay multas civiles por el incumplimiento de un contrato o por un pago moroso.

En contraste, la responsabilidad civil deriva de un hecho delictivo, y pretende reconocer y restituir los daños ocasionados. “Es un deber de resarcimiento no equiparable a una multa, que en lo civil es menos grave”, advirtió Randall Aguirre, procurador a cargo de la acción civil resarcitoria contra el PAC en ese proceso. “La multa es algo más simple y que no tiene la connotación de una condena”, agregó el procurador.

En el 2016, un tribunal determinó que el extesorero del PAC y otro colaborador fueron coautores de estafa mayor por simular contratos de servicios especiales que cobraron al Estado en las elecciones nacionales del 2010. El tribunal también declaró parcialmente con lugar una acción civil resarcitoria contra el PAC por carecer de controles para los contratos, por lo que condenó a la agrupación a pagar cientos de millones de colones por daño patrimonial y costas procesales.

Ottón Solís sostuvo que “la condena civil a pagar una multa no es una condena al partido por estafa”. “Se condenó por estafa a quienes los tribunales identificaron como responsables”, indicó el fundador del PAC a Doble Check.

Discurso de Ottón Solís

El Partido Acción Ciudadana (PAC) realizó un congreso con sus militantes a finales de julio. El fundador, exdiputado y excandidato presidencial del PAC, Ottón Solís, advirtió que el partido no ha reaccionado ante “acusaciones terribles que se nos hacen” de presuntos actos de corrupción.

“Que la estafa, que el hueco fiscal, que Cochinilla, que el Banco de Crédito Agrícola de Cartago, y nosotros hemos estado en silencio”, dijo Solís según una noticia de El Mundo CR.

“La estafa, los tribunales encontraron a un estafador, dijeron en la sentencia: ‘Ese es el autor intelectual’. Es un tema que judicialmente resolvió toda la controversia, no identificaron más personas del Comité Ejecutivo, de la Comisión Política, menos de la Asamblea Nacional como autores intelectuales o ejecutores de la estafa”, aseguró Solís en el congreso.

“Al partido se le multa, al partido no se le ha castigado por estafador, se le multa por algo que está en el derecho de este país, que si una persona empleada de una institución comete un error, a la persona se le aplican las penas que haya que aplicarle, pero a la institución se le castiga con una multa por fallar en elegir y vigilar”, explicó el fundador del PAC según El Mundo CR.

El 31 de julio, el diario La República publicó una entrevista a Ottón Solís donde un reportero le preguntó sobre “qué le diría a los ciudadanos que cuestionan al PAC por la estafa en momentos en que el partido se renueva”.

“El PAC no fue condenado por estafa, al PAC se le impuso una multa porque nombró y vigiló mal a una persona que fue condenada por estafar”, respondió Solís.

El caso de estafa en el PAC

En el 2016, un tribunal del Primer Circuito Judicial de San José halló como coautores del delito de estafa mayor a Maynor Sterling Araya, extesorero del PAC; y a Manuel Antonio Bolaños Murillo, colaborador de la agrupación. El tribunal les impuso seis y tres años de prisión respectivamente.

La Fiscalía acusó a los funcionarios del partido por la simulación de 263 contratos de servicios especiales de colaboradores durante la campaña electoral del 2010. El partido incluyó los contratos en la liquidación de gastos para el cobro de deuda política ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). El tribunal comprobó que 179 de esos contratos fueron brindados de forma gratuita, que se dieron servicios distintos a los cobrados o que los contratos no fueron ejecutados.

Además, el tribunal declaró parcialmente con lugar la acción civil resarcitoria que la Procuraduría General de la República (PGR) presentó contra los dos miembros del PAC y contra el partido directamente.

“La ausencia o la falta de controles sobre los contratos por servicios especiales es lo que justifica la responsabilidad solidaria del partido Acción Ciudadana”, indica la sentencia del 2016.

El tribunal determinó que la cúpula del partido reasignó a otras labores a su propio auditor, que era el único funcionario interno que podía controlar a los condenados. “Ese descuido negligente de parte del Comité Ejecutivo, del cual también formaba parte Sterling Araya, permitió la inclusión de contratos simulados en la liquidación de gastos electorales para la campaña popular del año 2010”, concluyó la autoridad judicial.

“No hay que perder de perspectiva que, aun habiendo implementado los controles para evitar que personas que no ejercieron ningún tipo de trabajo no firmaran los contratos por servicios especiales, subsisten aquellas contrataciones donde se ejerció una labor gratuita y voluntaria, pues ésta última obedeció a una decisión de las más altas autoridades del partido”, agregaron los jueces en su sentencia.

Así, el tribunal condenó al PAC al pago solidario de casi ₡353 millones por daño patrimonial y ₡40 millones por costas procesales. Luego de años de litigio y la suma de intereses, el PAC deberá pagar al Estado unos ₡785 millones en diferentes tractos hasta el 2024, reportó La Nación en el 2021.

Hablar de una “multa” es incorrecto

¿Podemos decir que los cientos de millones de colones que el PAC deberá pagarle al Estado son una “multa”? Esa palabra puede inducir a error porque minimiza el tipo de responsabilidad que el partido político tuvo en ese caso.

“Al PAC se le condenó civilmente por la comisión de un delito de estafa por parte de personeros del partido. No es una multa; es una condena civil que deriva de la comisión de un hecho delictivo, en donde se generó una afectación a fondos públicos”, explicó Randall Aguirre, procurador penal que llevó el caso contra el PAC.

El diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica define que una acción civil resarcitoria es una “acción paralela y accesoria, en un proceso penal, que se incoa con el fin de lograr la restitución del objeto material del delito, falta o contravención; además de buscar el reconocimiento de los daños y perjuicios ocasionados”.

Por otro lado, una multa es una “sanción que se impone ante una infracción administrativa, penal o civil” por desobedecer o desacatar una norma o pacto, según el diccionario judicial.

“Existe la pena de multa en el proceso penal pero es por delitos cometidos por personas físicas (menos graves generalmente), o la multa en asuntos de Tránsito, por ejemplo. En lo civil, una multa puede darse por un incumplimiento de un contrato, por una mora en un pago que se deriva de una obligación, pero lo que deriva de las consecuencias civiles por un delito es una condena civil por los daños y perjuicios ocasionados; es un deber de resarcimiento no equiparable a una multa, que en lo civil es algo menos grave”, detalló Aguirre a Doble Check.

“No es lo mismo decir que me impusieron una multa en lo civil que decir que me condenaron civilmente. La multa civil no necesariamente es una condena; la multa es algo más simple y que no tiene la connotación de una condena”, advirtió el procurador.

La diferencia entre una multa y una condena por responsabilidad civil también fue destacada por Alexander Valverde, fiscal de la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción del Ministerio Público. “Técnicamente, la multa no es una terminología que se use en responsabilidad civil, al menos en los casos que se llevan en sede penal”, señaló el fiscal a Doble Check.

“El concepto de multa no es aplicable [en el caso del PAC]. Es una condena desde el plano civil que trae responsabilidades de pago para reparar el daño material y las costas procesales”, dijo Valverde.

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