Tres abogados y vecinos de Garabito acudieron a la Sala Constitucional para denunciar que el Hotel Punta Leona exige un pago para permitir el ingreso a playas
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Tres vecinos de Garabito, en Puntarenas, planeaban entrar a playa Mantas para pasar un domingo de enero, pero no pudieron. Estas personas aseguran que el Hotel Punta Leona S.A les impidió el acceso y solo les permitía entrar si pagaban ¢15.000 colones de entrada por vehículo. A raíz de esto, el pasado 23 de febrero, los vecinos presentaron un hábeas corpus ante la Sala Constitucional, contra el hotel y la Municipalidad de Garabito.
Los abogados y titulares del recurso, Esteban Madrigal Brenes, Patricia Tarre Moser y María Luisa Gómez Comi, denunciaron que recibieron por parte del hotel una “restricción arbitraria de la libertad de tránsito” al prohibirles el ingreso a una playa el pasado 29 de enero de 2023.
Los denunciantes además aseguran que algo similar sucede con Playa Blanca, donde el acceso se encuentra limitado por postes del Hotel Punta Leona. Según contaron, ahí trabajadores del hotel les explicaron que únicamente pueden acceder a la zona socios del club o quienes compren un Day Pass (pase de un día).
Además, explicaron que otra opción para llegar a Playa Blanca es a través de Playa Mantas, por un camino de rocas que permanecen húmedas todo el día y que con la marea alta quedan bajo el agua, por lo cual las personas que se nieguen a pagar el parqueo y pase diario, deben atravesar este camino alterno con rocas resbaladizas y peligrosas.
Esteban Madrigal, uno de los denunciantes, indicó que los obstáculos en el acceso impactan de forma diferenciada a las personas que cuentan con menos recursos económicos, aquellas que viven con discapacidad o experimentan alguna situación que limita su movilidad, así como a personas adultas mayores.
También, explicó que en algunos días solo socios del hotel pueden ingresar a la playa. Además, si una persona no quiere o no puede dejar su vehículo en el parqueo del hotel, tampoco puede estacionar en los alrededores porque hay obstáculos y postes, según relató.
“Nosotros vivimos en Garabito y sabemos que hay una molestia en la comunidad por la forma en que se ha obstaculizado el acceso de las personas a las playas. Hay un sentir generalizado de que al Hotel y Club Punta Leona se le ha permitido hacer lo que quiere, y una de esas cosas ha sido imponer obstáculos en el acceso a las playas con el permiso y apoyo municipal”, afirmó Madrigal.
“Sentimos que nuestros derechos se han violentado y nos enoja ver el trato que recibe la gente para poder ingresar a dos playas que nos pertenecen a todas las personas, pero sobre todo nos indigna ver que hay un trato privilegiado por parte de la municipalidad”, agregó.
Interferencia de Radios UCR solicitó al Hotel y Club Punta Leona y a la Municipalidad de Garabito sus versiones sobre esta situación. Sin embargo, la semana pasada, el gerente de Relaciones Corporativas del Hotel y Club Punta Leona, César Vargas Acuña, indicó que no se les había notificado del hábeas y que cuando tuvieran una comunicación oficial podrían tramitar la consulta.
Mientras que desde la secretaría de la Municipalidad de Garabito se indicó que el área de prensa tramitaría la consulta, pero hasta ahora no ha habido respuesta.
El 8 de marzo, la Sala Constitucional comunicó a los denunciantes que notificaría al hotel y a la municipalidad.
Libre acceso a playas
En el recurso de hábeas corpus, los denunciantes argumentan el derecho a la libertad de acceso a sitios públicos como las playas.
“La Sala Constitucional ha reconocido en muchas ocasiones que el libre acceso a la costa, en condiciones paritarias, es una manifestación de la libertad individual, del principio de igualdad y del derecho que tienen todas las personas de disfrutar de un ambiente adecuado”, manifestó Esteban Madrigal.
Además, la Sala Constitucional ha señalado en reiteradas ocasiones que los bienes de uso público, como son las playas, tienen un uso abierto a todos o librado al público, mediante una utilización general o indiscriminada, dado que corresponden a bienes con titularidad pública, alegan los recurrentes
También, argumentaron que el acceso únicamente puede ser limitado o restringido bajo circunstancias muy calificadas, que lógicamente deben adecuarse al riguroso examen de razonabilidad y proporcionalidad.
El recurso además alega una clara violación a los derechos de las personas con discapacidad, por las limitaciones en el acceso.
Para el abogado Esteban Madrigal, el ejercicio del derecho al uso público debe tener siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural.
“Esperamos que la Sala sea consecuente con su jurisprudencia, la Constitución y los diversos tratados internacionales de derechos humanos y requiera de una vez por todas a la municipalidad que garantice los derechos de las personas para acceder en condiciones de igualdad y sin discriminación a las playas, y que le ordene al Hotel y Club Punta Leona que respete la decisión y las normas”, concluyó Madrigal.