En resumen: El Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular fue adoptado este lunes 10 por más de 150 países miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU), Costa Rica incluida.
La ONU calificó al Pacto Mundial sobre Migración como el “primer acuerdo global para cooperar entre países, aprovechar los beneficios de la migración y proteger a los migrantes indocumentados”, por medio de una lista de objetivos que los gobiernos firmantes se comprometieron a desarrollar de cara al año 2030.
Pusimos a prueba casi una decena de afirmaciones sobre el pacto, que se compartieron en un mensaje en cadena por Whatsapp (escrito muy creativamente, qué envidia). Comparamos cada comentario con el texto original del acuerdo y con el criterio oficial del subdirector de la Dirección General de Migración y Extranjería, Daguer Hernández.
Alerta de spoiler: hallamos que los comentarios son completamente falsos o engañosos sobre qué incluye (o qué no incluye) el pacto:
“Una vez que se firme, eso es IUS COGENS, es decir, no hay posibilidades de ser derogado”
La afirmación es falsa: el Pacto Mundial para la Migración no es un tratado internacional y no es vinculante. De haberlo sido, tendría que haber sido aprobado por la Asamblea Legislativa y ratificado por el Presidente de la República.
“Este Pacto Mundial presenta un marco de cooperación no vinculante jurídicamente que se basa en los compromisos acordados por los Estados Miembros en la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes”, dice el texto del pacto.
“El pacto se compone de un tema aspiracional, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, y el cumplimiento de esas expectativas se revisará en el año 2030”, explicó Hernández.
“Cambio de nombres, ya no se van a llamar inmigrantes, ahora todos (sin importar el tipo) se van a llamar refugiados”
Este comentario también es falso. El Pacto excluye de sus objetivos a las personas refugiadas.
En el 2016, la Asamblea General de la ONU acordó trabajar en la creación del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Aparte de ese proceso, se aprobó el desarrollo de un Pacto Mundial sobre Refugiados, pero la Asamblea General decidió que ambos procesos eran “separados, distintos e independientes”.
El pacto deja claro que “si bien los refugiados y los migrantes tienen los mismos derechos humanos universales y libertades fundamentales, constituyen dos grupos distintos que se rigen por marcos jurídicos separados. El presente Pacto Mundial se refiere a los migrantes”.
El artículo 106 de la Ley General de Migración y Extranjería entiende que un refugiado solo es aquella persona que está fuera de su país por “temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo u opiniones políticas”, y Hernández afirmó que esa definición se mantiene a pesar de la firma del pacto.
“El emigrante tiene el derecho a escoger país que quiera como lugar de residencia, y el país receptor tiene la OBLIGACIÓN de capacitarlos en todos los derechos que les otorga esa firma”
La primera parte de ese comentario es falsa: el propio secretario general de la ONU, Antonio Guterres, aclaró en una conferencia de prensa que “el acuerdo no establece un nuevo derecho que permita a las personas elegir dónde y cuándo ir”.
En cuanto a la obligación de “capacitar” a los migrantes, el pacto solo incluye el objetivo de “proporcionar información exacta y oportuna en todas las etapas de la migración.
“Cuando el migrante llega al país, hay que proporcionarles información sobre sus derechos y obligaciones. Eso no es algo que ya no se esté haciendo en Costa Rica”, dijo el subdirector de Migración y Extranjería.
“El país renuncia a la soberanía pues perdemos la potestad de regular los flujos migratorios”
Falso de nuevo.
Entre sus principios rectores, el pacto reafirma que “los Estados tienen el derecho soberano a determinar su propia política migratoria y la prerrogativa de regular la migración dentro de su jurisdicción, de conformidad con el derecho internacional. Los Estados podrán distinguir entre el estatus migratorio regular e irregular, incluso al decidir con qué medidas legislativas y normativas aplicarán el Pacto Mundial, teniendo en cuenta sus diferentes realidades, políticas y prioridades, y los requisitos para entrar, residir y trabajar en el país, de conformidad con el derecho internacional”.
“El país receptor se obliga a cubrir TODOS LOS COSTOS que la nueva situación del migrante genera: VIVIENDA, VESTIDO, ALIMENTACION, SEGUIRIDAD, SALUD, ETC. Si vienen en esos grupos adultos mayores de 65 años, el sistema de seguridad social está obligado a otorgarles pensiones para las que -porsupuesto- nunca cotizaron”
Estas afirmaciones también son incorrectas. El secretario general de la ONU aseguró que el pacto “solo reafirma que los migrantes deben disfrutar de los derechos humanos, independientemente de su estatuto de migrante”.
En el acuerdo, los países firmantes se comprometen a garantizar que las personas migrantes tengan acceso a servicios básicos y condiciones laborales decentes y equitativas.
Parte de lo que se reconoce en el pacto es el derecho de las personas a tener un acceso a seguro social, por ejemplo, pero es que no se va a regalar seguro social; el derecho a vivienda, pero no que el Estado les va a dar vivienda; que el migrante tiene derecho a trabajar, pero no se dice que el Estado les dará trabajo”, explicó Hernández.
“Los refugiados adquieren muchos beneficios, uno de ellos es -por ejemplo-, que no se pueden deportar a sus países NO IMPORTA EL DELITO QUE COMETAN”
El pacto, otra vez, no habla de refugiados, y carece de un compromiso de ese tipo.
En cuanto a las personas migrantes, la normativa nacional establece que “la persona extranjera que goce de permanencia legal, bajo cualquier categoría migratoria, deberá abandonar el territorio nacional cuando se considere que sus actividades comprometen la paz, la seguridad pública, la tranquilidad o el orden público”, y la firma del pacto no cambia esa ley.
El pacto mundial sí propone la meta de proporcionar todas las garantías procesales a las personas migrantes y evitar que las detenciones sean arbitrarias, y que en los procesos migratorios, los países utilicen la detención solo como último recurso.
“Obligan a los medios a presentar las imágenes de la ola de migrantes de manera positiva, con cualquier cosa que usted critique, lo pueden procesar penalmente y USTED va a terminar en la cárcel”
El pacto propone eliminar todas las formas de discriminación y promover un discurso público sobre la migración con base empírica.
Los países firmantes sí se comprometieron a dejar de asignar fondos públicos “a los medios de difusión que promuevan sistemáticamente la intolerancia, la xenofobia, el racismo y otras formas de discriminación contra los migrantes”.
Aún así, los gobiernos acordaron respetar plenamente la libertad de los medios de comunicación y el derecho internacional sobre la libertad de expresión, “reconociendo que el debate abierto y libre contribuye a la comprensión cabal de todos los aspectos de la migración”, según el texto del acuerdo.
Por eso, esa afirmación también es incorrecta.