¿Cayó en un hueco con el carro? El Estado sí debería pagarle los daños

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David Bolaños
- doblecheck@ucr.ac.cr

En resumen: “Señor consumidor (a) caíste en un hueco de la calle con el carro. Si caíste en un hueco con el carro, se te dañaron las llantas, los aros, las rótulas, etc. (…) El Gobierno de Costa Rica o la Municipalidad del lugar, deben de cancelarte todos los daños y perjuicios ocasionados”, es una publicación de la página Defensoría de los Consumidores de Costa Rica.

Publicada originalmente en el 2017 y recirculada el 12 de noviembre de este año, esa publicación se ha compartido 5.997 veces hasta la fecha. ¿El consejo es correcto? width=

Es correcto. El consejo tiene sustento legal, pero puede dar lugar a falsas expectativas: usted va a necesitar mucho tiempo, pruebas y el respaldo de un abogado para que le terminen pagando el daño. Todo se basa en un concepto: la responsabilidad objetiva del Estado.

Dicho sea de paso, la página de la Defensoría de los Consumidores de Costa Rica responde a una asociación privada de consumidores y no a una institución pública. Si busca apoyo estatal o presentar una denuncia, contacte a la Dirección de Apoyo al Consumidor (www.consumo.go.cr )

El caso de don Mario Muñoz

Llamamos a Gerardo Chacón, el administrador de la página de facebook “Defensoría de los Consumidores Costa Rica”, y nos indicó que la publicación se amparaba en casos anteriores que resolvieron los tribunales del país, especialmente en la Sala Primera.

Consultamos, entonces, la jurisprudencia de la Sala y encontramos varios casos en los que el Estado fue hallado culpable en accidentes de tránsito. Eso sí: los casos fueron trágicos y, además de las pérdidas materiales, también hubo fallecidos.

Ya nos estábamos dando por vencidos cuando encontramos el caso de don Mario Muñoz Quesada.

“En aquella época, que fue como en los años ochenta, por ahí, yo venía como a las nueve de la noche, bajando de la Pozuelo hacia el Virilla. En ese momento había una empresa constructora y tenían unos huecos con montículos de tierra, pero no tenían ninguna luminosidad que advirtiera eso. Yo iba bajando y me monté en uno de esos montículos, perdí el control y terminé estrellándome contra un paredón, a la izquierda, bajando”, nos relató Muñoz, que también es abogado.

“En esa oscuridad las luces eran muy débiles y… pasó lo que pasó. Yo hice un proceso contencioso administrativo. Logré probar que el Estado ni la compañía constructora no tenían nada. Las lesiones que sufrí fueron pequeñas cirugías menores. Yo demandé para el pago de los daños y perjuicios sobre el carro”, dijo.

Resulta que don Mario demandó al Estado y… ¡ganó! El caso tardó unos cuatro o cinco años en resolverse, a finales de los ochenta, en el Juzgado II Contencioso Administrativo de San José, bajo un fallo del juez Óscar González, recuerda Mario. El Estado le terminó  depositando el dinero de la reparación del vehículo.

Responsabilidad objetiva del Estado

“Tampoco son huecos comunes y corrientes, de bacheo”, dice Mario, y tiene razón, pero la lógica jurídica que aplica es la misma a si solo se rompieron los aros o las rótulas del vehículo.

Eso nos lo explicó Román Solís, actual magistrado de la Sala Primera, y experto en derecho administrativo.

Imagine que usted está en un parque, y queda herido porque le cae una rama seca debido a que la municipalidad no podó debidamente las ramas de los árboles. La municipalidad nunca quiso que a usted le cayera esa rama, pero sí tenía responsabilidad de darle mantenimiento al parque: eso se llama responsabilidad objetiva.

Sucede lo mismo con reglamentos, operaciones quirúrgicas, parqueos, puentes… y carreteras.

“Significa que la administración pública siempre responderá por cualquier tipo de funcionamiento o de acción administrativa que ella haga de forma legítima o ilegítima, normal o anormal”, dice el magistrado Solís, a partir de la Ley de Administración Pública.

Es decir, una carretera puede tener un funcionamiento normal y, si su falta de mantenimiento afecta a alguien, el Estado debe pagarlo.

Eso sí: hay un pequeño detalle. Usted tiene que probar que la acción o la inacción del Estado le generó el daño. Esa es la parte más difícil.

“Por eso estos juicios requieren mucha prueba para determinar causalidad”, agrega el magistrado.

“Hemos dictado muchas sentencias en las que demostramos causalidad que genera la aplicación del principio de la responsabilidad objetiva”, dijo Solís.

Estos casos habitualmente tardan muchos años en ser resueltos. Asimismo, mientras se obtiene una resolución, las costas legales por llevar el caso corren a cargo del denunciante.

La confusión con la Defensoría del Consumidor

La publicación de la Defensoría del Consumidor es la más compartida de la que tenemos registro. El perfil hoy tiene 77.200 seguidores, pero algunos de ellos piensan que se trata de una institución pública, por los comentarios que han hecho en la página.

En realidad, se trata de una página de la Federación Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios (Fenasco) que, según el Ministerio de Economía, cuenta con la afiliación de 84 asociaciones de Desarrollo Comunal Integral.

“No recibimos dineros del gobierno porque no nos interesa. Estamos inscritos, pero no recibimos dinero”, dijo Gerardo Chacón, presidente de la Federación y administrador de la página, que también afirmó ser una organización sin fines de lucro.

De hecho, la página no solo comparte información acerca de derechos de los consumidores, sino también consejos de autoayuda, información sobre salud, noticias insólitas y publicaciones islamofóbicas.   ‍

El perfil no es de la Dirección de Apoyo al Consumidor. No es estatal” agregó Maricruz Goñi, Jefa de la Plataforma de Atención al Consumidor.

“Es un perfil privado, de una asociación de consumidores. Mis vecinas y yo podemos armar una Asociación de Consumidores, pero eso no significa que vayamos a tener funciones públicas. Solo se pueden presentar denuncias en entidades estatales”, explicó Goñi.

¿A dónde acudo, entonces?

Si tiene consultas, contacte a la Dirección de Apoyo al Consumidor. Puede llamar a la línea gratuita 800 Consumo (800 266 7866), también puede visitar la página www.consumo.go.cr.

Si prefiere hacer las consultas o denuncias personalmente, puede visitar las instalaciones del Ministerio de Economía: 400 este de grupo Nación en Llorente de Tibás, en el oficentro Asebanacio.

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