El Colegio de Periodistas de Costa Rica (Colper) y el Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (Iplex) celebraron el fallo de la Sala Constitucional que, por mayoría, amparó a tres periodistas por violaciones a sus derechos de libertad de prensa y acceso a la información pública.
El Tribunal Constitucional resolvió dos recursos de amparo acumulados que fueron presentados a raíz de incidentes ocurridos en conferencias de prensa en Casa Presidencial durante el año 2024.
Los periodistas afectados fueron David Bolaños y David Chavarría de Radios UCR, así como el colega Héctor Guzmán, quienes denunciaron haber sido objeto de interrupciones, burlas, apagado de micrófonos y una presencia intimidante de escoltas de seguridad, hechos que el tribunal constitucional calificó como violatorios de derechos fundamentales.
El Colegio de Periodistas, a través de su presidenta Yanancy Noguera, recordó que la libertad de prensa debe ejercerse en plenitud y que los periodistas tienen derecho a preguntar, mientras la ciudadanía tiene derecho a recibir información transparente de quienes ostentan cargos públicos.
Noguera advirtió que las actitudes del Presidente de la República, con descalificaciones, interrupciones y mandatos de silencio, generan autocensura y un ambiente hostil para el periodismo.
El Colper también señaló que la censura indirecta, que impide el libre ejercicio periodístico, afecta no solo a los comunicadores, sino a toda la sociedad, porque limita el derecho fundamental de acceso a la información.
Esto fue lo que indicó Noguera:
Por su parte, el Iplex señaló que las acciones del Poder Ejecutivo contra los comunicadores durante conferencias de prensa constituyeron formas sutiles de censura e intimidación, a través de interrupciones, negación de repreguntas, apagado de micrófonos y la presencia de escoltas de seguridad que limitan el ejercicio libre del periodismo. Así lo manifestó el presidente de esta organización, Raúl Silesky:
Tanto el Iplex como el Colper hicieron un llamado al Poder Ejecutivo para cesar cualquier acto que limite la libertad de prensa y reafirmaron que una prensa libre es indispensable para la protección de la democracia y para evitar el abuso del poder.
Uno de los hechos ocurrió el 30 de julio, cuando el presidente de la República interrumpió al periodista Héctor Guzmán y lo mandó a callar, mientras este hacía una consulta relacionada con la “Ley Jaguar”. Según se registró en el video de la transmisión oficial, el mandatario alzó la voz y cortó la intervención. Algo que fue objetado debido a que se consideró una limitación injustificada al ejercicio del periodismo.
En otro caso, el 11 de septiembre, el periodista David Bolaños editor de Doble Check de Radios UCR, denunció que se le impidió hacer una repregunta a la entonces ministra de la Presidencia, Laura Fernández, y al propio presidente Chaves, esta vez sobre el proyecto de jornadas laborales 4×3. Su micrófono incluso fue apagado.
Bolaños también celebró el fallo:
Ese mismo día, al colega de Interferencia, David Chavarría, se le impidió realizar una repregunta sobre las denuncias relacionadas al tema de Gandoca-Manzanillo.
En esa conferencia el mandatario realizó reiteradas burlas en contra de los colegas Bolaños y Chavarría, quienes al reclamar al mandatario fueron rodeados por escoltas de la Unidad de Protección Presidencial, así como por el exminsitro del MOPT, Mauricio Batalla, y por el director de Información y Comunicación de Casa Presidencia, Luis Carlos Monge.
Así reaccionó el periodista David Chavarría al fallo de la Sala.
Por esos hechos, la Sala condenó al Estado al pago de daños y perjuicios a favor de los periodistas Bolaños, Chavarría y Guzmán.
La resolución fue aprobada por mayoría. Los magistrados Paul Rueda Leal, Jorge Araya García, Ingrid Hess Herrera y Fernando Cruz Castro votaron a favor del amparo. En cambio, los magistrados Fernando Castillo Víquez, Luis Fernando Salazar Alvarado y el suplente Ronald Salazar Murillo lo declararon sin lugar.
La Sala Constitucional también declaró con lugar otro recurso de amparo en favor del periodista David Bolaños, relacionado con una solicitud de información hecha al Ministerio de la Presidencia sobre el proyecto de jornadas 4×3, y de la que nunca recibió respuesta. Esta omisión se consideró una violación al derecho de acceso a la información pública, establecido en el artículo 30 de la Constitución Política. Esta condena fue específicamente contra el Ministerio de la Presidencia, encabezado en ese momento por Laura Fernández.
Esta tarde, se le pidió una reacción al mandatario sobre lo resuelto por la Sala, pero esta fue toda su reacción: