El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, podría enfrentar un procedimiento sancionatorio por beligerancia política. El ilícito regulado por la Constitución Política y el Código Electoral establece como castigo la destitución o prohibición para asumir cargos públicos durante un período.
Pero, ¿cómo debe llevarse a cabo este proceso y qué consecuencias podría tener para el mandatario?
Ayer, la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) instruyó a la Inspección Electoral para que inicie una investigación preliminar en contra del mandatario. Esto luego de denuncias presentadas por representantes de partidos políticos como Liberación Nacional, Acción Ciudadana y Frente Amplio.
Los hechos denunciados tienen relación con manifestaciones del mandatario puntualmente en tres conferencias de prensa: la del 4 de diciembre de 2024, y las del 22, 29 y 30 de enero de este año, así como al mensaje emitido por Chaves en una cadena de televisión del 8 de diciembre de 2024.
Gustavo Román, director general de Estrategia y Gestión Político-Institucional del TSE, explicó que en esta primera etapa la investigación preliminar busca brindar insumos para que los integrantes de la Sección Especializada del TSE decidan si se archiva la causa o se ordena la apertura de un procedimiento sancionatorio.
Por ahora no es un procedimiento, indicó Román. Eso quiere decir que no participan ni los denunciantes ni el denunciado. Solo se recaba información para decidir si se le da inicio al trámite.
Si la Sección Especializada determina que sí se debe tramitar la denuncia, se requiere que la Asamblea Legislativa le quite la inmunidad al mandatario, debido a tratarse de un integrante de supremos poderes. Para ello es necesario una mayoría calificada, es decir 38 votos de diputadas y diputados. Ese levantamiento de inmunidad sería solo para el caso concreto.
Luego, el órgano instructor debe constituirse por un magistrado o magistrada del TSE que designe la Sección Especializada. En esta etapa sí se realiza el procedimiento que incluye evacuación de pruebas o la escucha de los argumentos de defensa, entre otros actos.
El vocero del TSE recalcó que este tipo de procedimientos no es excepcional, ya en el pasado se han realizado investigaciones de este tipo contra miembros de supremos poderes.
¿Cuáles son los castigos por beligerancia?
Román aclaró que la beligerancia no es un delito, sino un ilícito que se comete en contra de lo establecido en el artículo 95, inciso 3, de la Constitución Política, en el cual se plantea que un principio esencial que resguarda la libertad del sufragio en el país es la imparcialidad de las autoridades de Gobierno.
La norma establece una prohibición general a todos los funcionarios públicos, quienes no pueden dedicarse a trabajos de carácter político electoral durante sus jornadas laborales y prohíbe usar el cargo para beneficiar a un partido político.
El Código Electoral además plantea en el artículo 146 una prohibición absoluta a ciertos funcionarios como el presidente, vicepresidentes, ministros, contralor, defensor de los habitantes, magistrados y funcionarios del TSE, que les impide participar de actividades de partidos políticos de cualquier índole e incluso fuera de su jornada laboral.
La misma Constitución le otorga al Tribunal, como una de sus funciones, la de conocer y sancionar las denuncias por el ilícito de beligerancia política. Esa norma también incluye la sanción para estos casos que podrían ser la destitución del cargo e inhabilitación de dos a cuatro años para ejercer cargos públicos.
En este tipo de procesos no existen plazos. Es decir, el TSE no tiene una fecha para concluir la investigación preliminar. En este caso, si el mandatario deja el cargo, una eventual sanción podría ser la inhabilitación para asumir otros cargos públicos.
En febrero pasado, el órgano electoral archivó dos denuncias por el mismo tema en contra del presidente. En ese caso, la Sección Especializada del TSE descartó instruir la apertura de un procedimiento, ya que se concluyó que no se estaba ante una eventual conducta ilícita por beligerancia.
El TSE hizo un llamado al mandatario para que no se pasara de la raya en sus manifestaciones y evitara los mensajes ambiguos que comprometan la neutralidad política que él, como mandatario, debe tener con respecto a las elecciones del 2026.
En los últimos meses, Chaves ha insistido en la necesidad de que en las próximas elecciones la población vote por “40 o 45 diputados absoluta y diametralmente opuestos a los actuales”.
En su mensaje, Chaves ha indicado que no comete beligerancia política porque no le está diciendo a la población por quién votar. Aunque el presidente ha dicho que en la próxima Asamblea Legislativa debería de haber muchas “Pilares Cisneros o Adas Acuñas”, ambas diputadas oficialistas. Según el mandatario, solo así el país podrá “arreglar” al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República y a la Caja Costarricense del Seguro Social.
Solicitamos una reacción del presidente al anuncio de la investigación preliminar en su contra por beligerancia política, pero al cierre de edición no obtuvimos respuesta.