Presidente repite falsedad para oponerse al aumento salarial de la CCSS

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David Bolaños
- doblecheck@ucr.ac.cr
Editor de Doble Check.

En resumen: El presidente de la República, Rodrigo Chaves, ha dicho que la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) está sujeta a la regla fiscal “en la parte salarial” y que, por eso, la institución no puede aumentar en ₡7.500 el salario base de sus trabajadores. Eso es falso.

El propio Ministerio de Hacienda de la administración de Chaves le aclaró a la nueva presidenta ejecutiva de la CCSS que todo el presupuesto de esa institución está compuesto por recursos exentos del control del gasto de la regla fiscal, con base en un estudio que Hacienda realizó desde el 2019.

La Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas establece que los recursos del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y del régimen no contributivo de la CCSS están fuera de la regla fiscal, y la Sala Constitucional amplió la excepción a los fondos provenientes del seguro de enfermedad y maternidad. Esas son las tres fuentes que sostienen el presupuesto de la CCSS.

Además, Hacienda negó que la exclusión de la regla fiscal sea “solo para la actividad sustantiva de los regímenes mencionados”, dado que la norma “alude en forma general a los recursos de dichos regímenes” sin distinciones.

El ministro de Hacienda, Nogui Acosta, comunicó esos hechos el 26 de septiembre a la nueva presidenta ejecutiva de la CCSS, Marta Esquivel, quien reemplazó a Álvaro Ramos después de que Rodrigo Chaves lo destituyera por apoyar el aumento salarial. El mandatario ha repetido la falsedad sobre la inclusión de los salarios de la Caja en la regla fiscal antes y después de la aclaración de Hacienda.

Casa Presidencial no respondió oportunamente las consultas enviadas por Doble Check.

Decisión de la CCSS y oposición de Chaves

El 8 de septiembre pasado, la junta directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) aprobó un aumento de la base salarial de sus 60.000 trabajadores en al menos ₡7.500, excepto para personas con remuneraciones totales ordinarias de ₡4 millones o más.

La institución justificó que ese aumento fue aprobado desde el 2020 pero que su aplicación fue suspendida por el inicio de la pandemia de COVID-19. El aumento regirá a partir de este año e incluirá un pago retroactivo desde enero del 2020.

El presidente de la República, Rodrigo Chaves, se opuso al aumento. “La junta directiva debió haber considerado la ley 9.635 que dice clarísimamente que el sector público, dada la situación de deuda que heredamos, no debe dar aumentos de sueldo”, dijo el presidente el 15 de septiembre en una atención a medios de comunicación.

En esa ocasión, Chaves también le atribuyó a la Sala Constitucional un supuesto pronunciamiento que determinó que la CCSS “está exenta de la ley de responsabilidad fiscal en lo que se refiere a los gastos de las pensiones, del IVM, y el sistema de salud, nada más”.

“La junta directiva tiene que revisar si cometieron un error. Yo les aconsejo que lo hagan porque…No porque yo sea juez ni todas estas cosas, pero yo conozco la ley de responsabilidad fiscal al haber sido ministro de Hacienda y las sanciones son una destitución que en este caso se aplicaría a toda la junta directiva si violaron la ley de responsabilidad fiscal y los pronunciamientos de la Sala IV”, advirtió el presidente.

Casa Presidencial anunció dos días más tarde que Chaves destituyó al presidente ejecutivo de la CCSS, Álvaro Ramos, “en vista de que no hubo acuerdo” entre ambos jerarcas sobre el aumento salarial. Ramos ocupaba ese cargo desde el 8 de mayo.

Rodrigo Chaves reiteró este miércoles en una gira por la provincia de Puntarenas que “la Caja, en la parte salarial, está bajo la regla fiscal…por lo que no se debe ni se puede pagar ese aumento”.

Primero: ¿qué es la regla fiscal?

La regla fiscal es una medida incluida en la Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas (N° 9.635), que fue aprobada por el Congreso en diciembre del 2018. La regla fiscal establece que el crecimiento del gasto corriente de las entidades del sector público está determinado por el nivel de deuda del Gobierno Central como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) y el crecimiento promedio del PIB nominal en los cuatro años anteriores.

Criterio de Hacienda desmiente a Chaves

Este lunes, el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, envió aclaraciones sobre la aplicación de la regla fiscal a la nueva presidenta ejecutiva de la CCSS, Marta Esquivel.

El ministro de Hacienda explicó que la ley 9.635 establece que la CCSS está fuera la regla fiscal “únicamente en lo que se refiere a los recursos del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y el régimen no contributivo que administra dicha institución”. Acosta agregó que la Sala Constitucional amplió esa medida a los recursos del seguro de enfermedad y maternidad.

Acosta relató que, desde el 2019, la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria de Hacienda examinó los fondos de la CCSS para “determinar si dicho presupuesto contiene recursos que no correspondan a los regímenes mencionados”.

“De la información remitida por esa institución, se determinó que toda la estructura programática que conforma el presupuesto de la CCSS está integrada por tres componentes, a saber: Salud; Invalidez, Vejez y Muerte; y Régimen no Contributivo, los que coinciden con las excepciones establecidas para la CCSS”, aseguró el jerarca de Hacienda.

El ministro Acosta recalcó que “no fue posible determinar la existencia de recursos que estén fuera de los contemplados en las excepciones indicadas” para la Caja en la regla fiscal. Acosta también negó que la exclusión sea “solo para la actividad sustantiva de los regímenes mencionados”, pues la ley “alude en forma general a los recursos de dichos regímenes, por lo que no debe hacerse distinción donde la ley no lo hace”.

Por otra parte, la aclaración de Hacienda destaca que la estructura salarial de la CCSS “está incluida dentro del ámbito de aplicación del Título III” de la Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas. Dicha sección de la norma regula el cálculo de los contratos de dedicación exclusiva y prohibición, la remuneración máxima para las jerarquías más altas de las instituciones y la evaluación de desempeño de los funcionarios públicos.

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