¡Actualicémonos en legislación y Lactancia Materna!

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Guiselle Mora Noguera
- gmoranoguera@gmail.com

Los primeros días del mes de agosto se conmemora la Semana Mundial de la Lactancia Materna. El lema de este 2022 es “Impulsemos la lactancia materna, apoyando y educando”. Parte de los conocimientos que hay que tener presente es la legislación en torno a este tema, repasemos algunos de los aspectos más importantes.

Yeimy Hernández es madre de dos niñas. De la mano de estos dos nacimientos, aumentó su necesidad por mantenerse informada en muchos temas de crianza y también en torno a la lactancia materna.

Por eso cuando tuvo que ingresar de nuevo a su trabajo ella ya estaba preparada. “Durante el día me sacaba leche. Yo trabajo en un lugar donde se maneja mucho estrés, pero siempre procuré mantener los tiempos para extraerme la leche, y eso me daba tranquilidad, porque mi hija iba a tener su leche”, nos cuenta Hernández.

La cantidad de información con la que Yeimy contaba al momento de reingresar a su trabajo, fue la clave que le ayudó para seguir alimentando a sus hijas con leche materna durante el tiempo que lo necesitaron. Por eso es que la Semana Mundial de la Lactancia Materna enfoca sus esfuerzos este 2022 en impulsar y educar.

lactancia materna logo

Según la nutricionista, Ofelia Flores los beneficios de la lactancia materna son integrales. “La lactancia tiene ventajas a nivel del apego, madre, hijo e hija, produce cero impacto a nivel ambiental, previene enfermedades en los niños, niñas y madres y también significa ahorro a la economía familiar”.

Son tantos los aspectos positivos, que es importante siempre tener el tema presente y no solo garantizar el acceso a información de salud, si no que también legal, que le permita a la madre brindarle a sus hijos leche materna, contando con el apoyo de todos los actores sociales y conociendo sus deberes y derechos.

Lactancia Materna y vuelta al trabajo

La protección a la lactancia materna en Costa Rica nació con el Código de Trabajo en 1943. Según el abogado y asesor de la Comisión Nacional de Lactancia Materna, Carlos Antillón Morera, desde un inicio se tuvo la visión de desarrollar leyes que dieran protección a la madre, al bebé y a la madre trabajadora.

La Comisión Nacional de Lactancia Materna se encarga de recomendar las políticas y normas que deban promulgarse en este tema.- Ley N° 7430 Fomento de la lactancia materna.

Antillón explica que luego se han ido creando normas pero, debido al distanciamiento que hay entre la creación de cada una, para las y los trabajadores es difícil acceder a la información completa en una sola fuente. 

Hablemos entonces de algunos de los temas más importantes:

1. Licencia por maternidad: En Costa Rica opera una licencia de 4 meses. Las madres tienen el derecho de tomarla un mes antes y 3 meses posteriores al parto. Antillón dice que lo que debemos tener presente es que el salario que recibe la trabajadora es del cien por ciento. “La diferencia es que ese dinero lo va a recibir de esta manera: un 50% a través de la Caja Costarricense de Seguro Social y 50% lo proporciona el patrono”, explica.

2. Tiempo de lactancia: Este se define en el artículo 97 del Código de Trabajo. De acuerdo con esta norma, la madre tiene el derecho de quince minutos cada tres horas, media hora dos veces al día, una hora al inicio de su jornada laboral o una hora antes de la finalización de la jornada laboral, para darle leche materna a su bebé. La opción que seleccione depende de su condición en particular y del acuerdo al que llegó con su patrono.

La abogada y asesora de la Comisión Nacional de Lactancia Materna, Susana Vargas Ortiz enfatiza que con este artículo lo que se pretende es que la madre defina cuál es la opción que le queda más cómoda ya que “muchas veces ocurre que el patrono quiere imponer un horario o una condición diferente atropellando el derecho de la madre y su hijo”.

Si la madre labora una jornada parcial, el tiempo de lactancia es proporcional a su jornada de trabajo . En el caso de partos múltiples, el derecho es de una hora por cada bebé, ya que la ley pretende “mantener el vínculo madre e hijos”, explica Vargas.

3. Salas de Lactancia: En el artículo 100 del Código de Trabajo se establece que: “Toda persona empleadora que tenga en su establecimiento madres en período de lactancia, quedará obligada a acondicionar un espacio ideal, con el propósito que las madres amamanten sin peligro a sus hijos y puedan extraerse la leche y almacenarla en un espacio adecuado en su lugar de trabajo”.

Vargas dice que donde haya mujeres trabajando aunque sea solo una, debería haber una sala de lactancia materna o un espacio acondicionado para la extracción de la leche materna. Además la nutricionista, Ofelia Flores recuerda que el tiempo de extracción de leche materna es diferente al que se le otorga a las madres como hora de lactancia. 

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Sala de lactancia del PREANU-UCR. Foto: Rafael León

Durante el día debemos extraer leche para que la producción sea igual de buena como si estuviéramos en la casa. La idea es simular la extracción que hubiéramos tenido con nuestro hijo e hija y también ayuda a evitar cualquier infección. Una mamá con buena salud será una mamá más productiva”- Ofelia Flores, nutricionista.

En cuanto a las condiciones de esa sala de lactancia, según Antillón existe un reglamento de salas de lactancia que lo que pretende es definir una serie de requisitos con los que deberían cumplir. Entre estos figuran un espacio con ventilación y luz natural, al menos dos sillas, refrigerador y lavamanos, entre otros aspectos.

Aprovecho la oportunidad para instar a las empresas a que implementen las salas de lactancia con las condiciones que la normativa establece e incluso, ir un poco más allá”, dice el abogado.

4. Licencia por paternidad: Para que la lactancia materna sea exitosa es importante el apoyo familiar y sin duda el papel del papá es muy relevante en el proceso. Esta licencia tiene como objetivo facilitar el involucramiento de la pareja en el cuido. 

A los padres biológicos se les otorgará una licencia de paternidad de dos días por semana durante las primeras cuatro semanas a partir del nacimiento de su hijo o hija”, artículo 95 Código de Trabajo.

Antillón comenta que esta licencia corre a partir de que  el padre se encuentre registrado como tal ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Además, queda a libertad de las partes disfrutarla de manera alterna o de forma simultánea con la madre.

En caso de muerte de la madre en el parto o durante la licencia, el padre biológico tendrá derecho a una licencia especial postparto. En otras palabras, heredará la licencia a la que hubiera tenido derecho la mujer que falleció. En ausencia del padre o que este no se comprometa, se le concederá la licencia a la persona trabajadora que demuestre que se hará cargo del niño o niña recién nacido.

Lea más: Protección de la trabajadora en estado de embarazo o en período de lactancia. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Un proceso en el que toda la sociedad debería colaborar

Según la Alianza Mundial en pro de la Lactancia Materna (WABA por sus siglas en inglés) a través de la conmemoración de esta semana de reflexión se pretende que los gobiernos, sistemas de salud, lugares de trabajo y comunidades estén “informados, educados y empoderados para fortalecer sus capacidades de proporcionar y sostener entornos amigables con la lactancia materna para las familias en el mundo pospandemia”.

Yeimy Hernández es muy consciente de esa necesidad de empoderamiento e información para ella, las familias y la sociedad en general.

Sí les digo, no se desesperen, busquen información de cómo almacenar la leche, de cómo lograr tener esos estímulos para que durante el trabajo no sean tan difíciles esas extracciones. Cada gota de oro blanco que ustedes pueden almacenar es una gran bendición y uno se siente satisfecha de poder llevar a casa, aparte de un sustento económico porque hay que seguir trabajando, también lechita que nuestros hijos van a poder tener al día siguiente”, resalta, Hernández.

Si usted tiene alguna duda sobre el tema de lactancia materna puede contactar a las y los asesores de la Comisión Nacional de Lactancia Materna en el correo electrónico comisionlactanciacostarica@misalud.go.cr

Le compartimos aquí la entrevista que se realizó sobre este tema en el programa Consúltenos sobre Nutrición.

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