Diputados avalan objeción de conciencia en proyecto de ley de Empleo Público

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David Chavarría Hernández davidchavarriahernandez@gmail.com
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El proyecto de ley de Empleo Público incluirá un inciso en el artículo 21, que permitirá a los trabajadores estatales negarse a participar de capacitaciones si consideran que “vulnera sus convicciones, creencias morales o principios religiosos”.

“Los servidores públicos podrán informar a la administración por medio de una declaración jurada sobre su derecho a la objeción de conciencia”, se lee en el texto de la moción que fue presentada por el diputado independiente, Jonathan Prendas ante la Comisión legislativa de Gobierno y Administración, donde se discute el proyecto.

“No se puede volver obligatorio algo que vaya en contra de las convicciones religiosas, éticas y morales”, alegó Prendas. El diputado defendió el texto considerando que la propuesta es equilibrada y busca “llenar un vacío en la administración pública sobre la objeción de conciencia”.

La moción de Prendas contó con el apoyo de los legisladores Jorge Fonseca, Luis Fernando Chacón y David Gourzong (PLN), Víctor Morales Mora (PAC), Carlos Avendaño (PRN), Aracelly Salas y Rodolfo Peña (PUSC) y el independiente, Dragos Dolanescu.

Solamente la diputada independiente, Zoila Volio votó en contra de la moción.

“A mí me preocupa muchísimo esta moción porque veo que se está cruzando una línea muy delicada entre lo que es la religión y las políticas públicas”, dijo Volio.

“No podemos incluir este tipo de cláusulas en una ley de Empleo Público”, lamentó la legisladora, quien añadió “no se justifica bajo ningún concepto que un empleado deje de ejercer sus funciones o capacitarse simplemente por convicciones religiosas, porque estamos anteponiendo una convicción ante un principio de servicio público”.

El proyecto de ley de Empleo Público concluyó este miércoles el segundo día de discusión de las 301 mociones presentadas por los diputados. Hasta el momento se han resuelto casi 200 mociones. Luego el texto deberá recibir el dictamen de los legisladores de la comisión para posteriormente ser votado en el Plenario Legislativo.

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