Núñez se equivoca: pesca de arrastre sí necesita más estudios según Sala IV

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Lucía Molina
- doblecheck@ucr.ac.cr

En resumen: La Sala Constitucional sí señaló explícitamente la necesidad de hacer más estudios científicos que guíen una eventual reapertura de la actividad camaronera de arrastre en Costa Rica. El diputado Melvin Nuñez afirmó equivocadamente lo contrario el 22 de octubre.

El legislador de Restauración Nacional dijo en la Asamblea Legislativa que las magistradas y magistrados “nunca pidieron” más estudios. Esta afirmación es falsa.

El voto de la corte de julio de 2020 declaró sin vicios de procedimiento o inconstitucionalidad el proyecto de ley. Las magistradas y magistrados condicionaron su visto bueno a que se realicen los estudios técnicos y científicos necesarios para que la pesca de arrastre sea sostenible. La orden de realizar estudios está escrita en uno de los transitorios del proyecto consultado.

Existe un estudio realizado al respecto por Incopesca en el 2018. Núñez hizo referencia a esa investigación en el plenario para justificar que el requisito estaba cumplido.

Doble Check consultó a Nuñez sobre sus declaraciones. El diputado insiste en que la Sala no solicitó más estudios. Núñez afirma que fueron los diputados, por medio de la ley, quienes solicitaron los estudios de biomasa adicionales para respaldar la reactivación de esta actividad económica.

El proyecto ya estaba condicionado a solicitar más estudios para cumplir con lo estipulado en la constitución y los anteriores votos de la Sala. El último voto reafirma cuáles son los estudios faltantes: biomasa, impacto en suelos e impacto socioeconómico de la región.

Proyecto vetado

El proyecto que permitiría la pesca de arrastre tiene las probabilidades en contra de convertirse en ley pues fue vetado ayer, viernes, por el presidente Carlos Alvarado. Ahora la Asamblea Legislativa tiene dos opciones: archivar el proyecto o rechazar el veto. La segunda opción requiere los votos de 38 personas diputadas, lo cual es improbable, pues el proyecto aprobó el primer debate con tan solo 28 de ellas el 22 de octubre.

¿Qué dijo Núñez?

El proyecto Aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica pretende la eventual entrega de licencias comerciales de camarón con red de cerco. La actividad está prohibida en el país desde el 2013 por su alto impacto ambiental.

Melvin Nuñez aseguró en el plenario que la Sala Constitucional no había solicitado más estudios tras la aprobación de la ley. El diputado de Restauración Nacional afirmó que las personas diputadas involucradas ya los habían incluido.

“En ese voto nunca se dice que esa pesquería hay que cerrarla y nunca pidieron en ese voto más estudios. No se piden. Nosotros en el proyecto lo incluimos”, dijo el legislador.

Es correcto que el proyecto enviado a consulta incluía de previo el requisito de realizar estudios. Eso sí, la  afirmación es incorrecta en tanto la Sala condiciona su voto favorable a la realización de los estudios.

¿Qué dijo la Sala?

El diputado se refiere a la resolución 13.837 de la Sala Constitucional emitida en julio de este año. La sentencia declaró sin vicios de inconstitucionalidad el proyecto de ley 21.478 sobre Aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica.

Los y las legisladoras que hicieron la consulta argumentaron que el proyecto de ley violaba el artículo 6 y 7 de la Constitución y otras normas internacionales a las que el país está sujeto.

El artículo 6 de la Carta Magna dicta que el Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre todo el territorio y mares adyacentes para proteger, conservar y explotar los recursos naturales.

El voto de la mayoría de la Sala consideró que el transitorio II de la ley solventa lo estipulado por los artículos al impedir que se otorguen licencias hasta que se realicen los estudios técnicos necesarios para determinar que la actividad sea sostenible.

Los artículos transitorios son temporales y sujetan la vigencia de la ley a su cumplimiento. El transitorio en cuestión le da un plazo de un año improrrogable a Incopesca para que haga los estudios científicos y técnicos.

“Dicho en otras palabras, solo se podrán otorgar las licencias para el aprovechamiento sostenible del camarón cuando los estudios técnicos y científicos concluyan que la técnica de pesca de arrastre a utilizar resulta amigable con el ambiente”, dice la sentencia.

El voto de la Sala reitera lo dicho en las sentencias del 2013 y 2018 (1 y 2): no hay estudios suficientes que garanticen que la actividad es sostenible ambientalmente. Por ello, el requisito debe cumplirse antes de hacer efectiva la ley.

Estudio hecho por Incopesca no es suficiente para la Sala

El diputado Nuñez mencionó en su declaración que los proponentes de la ley ya habían adjuntado la investigación que solicitó la Sala. El estudio al que se refiere el diputado fue  liderado por Incopesca y se hizo entre octubre y diciembre del 2018. La corte es clara en que este estudio es insuficiente para determinar la sostenibilidad ambiental de esta actividad comercial.

La Sala indicó que estos estudios deberán contemplar aspectos de biomasa y fondo marino. También ordenó el estudio de impactos de orden social, económico y “todos aquellos que aseguren la sostenibilidad del recurso marino y que procuren un desarrollo sostenible democrático”.

Los estudios deben determinar cuál es la cantidad y especie de los camarones  (porque varían en tamaño) en los mares de Costa Rica. La corte también pide saber el daño que sufrirían los suelos marinos por el arado y el impacto que tendría en el desarrollo de otras actividades comerciales de la zona, como el ecoturismo y la pesca artesanal.

El marco jurídico para la reactivación de las licencias comerciales “está condicionado no solo al uso de eficientes dispositivos excluidores [de fauna de acompañamiento], sino también al resultado de los estudios faltantes que sean llevados a cabo”.

Sentencia tuvo votación dividida

La resolución de la Sala tuvo una votación dividida en la que cuatro magistrados fallaron a favor y tres salvaron el voto. Las personas magistradas que salvaron su voto expresaron infracciones a los principios de objetivación de la tutela medioambiental y el desarrollo sostenible y vicios de publicidad y a la transparencia.

El voto de la minoría alega que el proyecto tiene que tener los estudios de manera previa para que la Asamblea Legislativa tome una decisión informada. Además sostuvo que no se puede garantizar el desarrollo sostenible de la actividad sin los estudios solicitados.

Los votos salvados también alegan que la mayoría de los diputados no concedió audiencias a organizaciones ambientalistas y pescadores artesanales que se oponen al proyecto.

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