Medios publicaron cifras contradictorias sobre tasa de usura propuesta por diputados

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Josué Alfaro
- doblecheck@ucr.ac.cr

Resumen: La versión más reciente del proyecto de ley para fijar las tasas de usura habría fijado un tope de 30,18% en colones y de 15,31% en dólares según datos de la semana pasada. No obstante, al menos dos medios dieron cifras distintas.

Diario Extra erró por 3 puntos porcentuales el tope en colones y El Observador lo hizo por un margen de hasta 7 puntos. Entre los medios que han tratado el tema, La Nación y crhoy.com brindaron los datos certeros.

Los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios propusieron un nuevo parámetro para tipificar el delito de usura. El tope propuesto por los legisladores es de 2,2 veces la tasa de interés activa promedio del sistema financiero.

La usura es el cobro de intereses abusivos en operaciones crediticias (financieras o comerciales).

Los datos del Ministerio de Economía señalan que, solo en tarjetas de crédito, el 69,9% de las ofertas en colones pagan tasas que oscilan entre el 40,0% y el 49,9%. En dólares, la totalidad de las tarjetas pagan tasas de entre el 18% y el 38%.

Las cifras publicadas

Los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios llegaron por fin a un acuerdo sobre cómo calcular el tope a los intereses crediticios. Esta restricción permitiría castigar la usura: el delito de cobrar tasas excesivamente altas en operaciones de crédito.

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Los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios aprobaron un método de cálculo de la usura. Esta sería 2,2 veces la tasa de interés activa promedio del sistema financiero.

El límite propuesto por los diputados fue el resultado de multiplicar la tasa de interés activa promedio del Sistema Financiero por 2,2. Según el Banco Central, entidad que sería la encargada de definir y actualizar anualmente los topes, estaríamos hablando de máximos de un 30,18% en colones  y de un 15,31% en dólares.

No obstante, medios de comunicación publicaron cifras diversas.

La Nación y crhoy.com utilizaron los porcentajes más acertados. Diario Extra o El Observador se distanciaron algunos puntos porcentuales.

El más significativo fue el caso de El Observador, que mencionó que, “con la metodología planteada por el nuevo proyecto, los intereses estarían delimitados entre el 34% y el 37%”. El dato lo publicaron sin citar su fuente, ni hacer distinción entre dólares y colones.

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El periodista Tomás Gómez, del El Observador, indicó a Doble Check que utilizó los datos disponibles en línea sobre la tasa de interés activa promedio en colones (el máximo y el mínimo en lo que iba del año). Indexó una serie publlicada por el Banco Central, con cifras que llegaban hasta el mes de abril. Al respecto, el Banco Central indicó dicha serie estaba desactualizada, pues varió la metodología empleada a partir de ese mes.

Por su parte, la diferencia en Diario Extra fue más pequeña. Ellos sí publicaron que la tasa máxima en dólares sería del 15%. Sin embargo, afirmaron que la tasa máxima en colones sería del 33%. Doble Check intentó contactar a la periodista que realizó la nota, pero fue imposible localizarla oportunamente.

Sobre su cálculo, el Banco Central indicó la tasa de interés activa promedio ponderado en colones era del 13,72% y del 6,96% en dólares (cuando se publicaron todas estas notas), por lo que la multiplicación debió de haberse hecho a partir de esos porcentajes.

La tasa de interés activa promedio se actualiza cada miércoles con la información referente a los últimos siete días. Por ello, con la última actualización, los topes de usura serían 29,8% en colones y 14,8% en dólares.

El fondo del proyecto

El delito de usura es definido como tal en la legislación costarricense e internacional. Sin embargo, sus castigos no se han podido aplicar en Costa Rica, pues no existen parámetros que tipifiquen la conducta. Es decir, no se sabe a partir de cuál porcentaje una tasa de interés es inadecuada.

Por ese motivo, los diputados discuten el expediente 20.861. El texto fue presentado por los diputados David Gourzong, del Partido Liberación Nacional, y Welmer Ramos, del Partido Acción Ciudadana (PAC).

El castigo por usura está establecido en el artículo 243 del Código Penal, y corresponde a una pena de entre seis meses y dos años de prisión. No obstante, es inaplicable en la práctica.

La discusión de este proyecto ha sido compleja por la oposición de sectores prestamistas como bancos y tiendas comerciales que ofrecen opciones de crédito. Estos grupos, financieros y comerciales, argumentan que proponer tasas máximas muy bajas podría limitar sus operaciones, especialmente con sectores de la población de perfiles más riesgosos en materia de pago.

No obstante, la fórmula recién aprobada en la comisión de Hacendarios contó con el apoyo de nueve de los 11 diputados presentes. Las excepciones fueron Otto Roberto Vargas, del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC), y Carlos Avendaño, del Partido Restauración Nacional (PRN).

Actualmente, el proyecto se mantiene en la Comisión de Asuntos Hacendarios. Para continuar, deberá dictaminarse en los próximos días, de modo que pueda pasar a su etapa final en el Plenario legislativo.

De llegar a esa última etapa, los diputados tendrán al menos dos nuevas oportunidades de proponer modificaciones. También podrían cambiar  la fórmula del cálculo recién consensuada.

 

Editó Daniel Salazar

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