Sobrepoblación carcelaria disminuyó a escala nacional, pero aún es crítica

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David Bolaños
- doblecheck@ucr.ac.cr
Editor de Doble Check.

En resumen: Es cierto que el promedio de sobrepoblación penitenciaria en Costa Rica ha descendido a un 29%, como afirmó una comitiva oficial en Suiza. Sin embargo, esa es una generalización que esconde niveles de hacinamiento que pueden hasta triplicarse en algunos centros penales.

Datos del Ministerio de Justicia y Paz muestran que la sobrepoblación en las cárceles del país comenzó a descender desde el 2016. Así lo afirmó el gobierno de Costa Rica ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en su Examen Periódico Universal (EPU) el lunes 13 de mayo.

El 29% de sobrepoblación representa una mejoría. Sin  embargo, el nivel aún se clasifica como “hacinamiento crítico”.

Hacinamiento crítico se mantiene

Este lunes, Costa Rica presentó su Examen Periódico Universal frente al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Doble Check está verificando las principales frases compartidas en el discurso de los representantes del país, y algunas de las que nuestros lectores nos han sugerido a través de redes sociales.

La sobrepoblación carcelaria aumentó a partir del 2009. Sin embargo, ese indicador empezó a caer de 46% en diciembre del 2016 a 29,2% en el corte de mayo de este año, según el  datos facilitados a Doble Check por el departamento de investigación y estadística del Ministerio de Justicia y Paz.

En ese informe, se brindó el siguiente resultado en cuanto a sobrepoblación carcelaria:

Se tiene que la sobrepoblación en mayo 2016 era del 48,1%, situándose en julio 2018 en 31,1%. La sobrepoblación absoluta en junio 2016 fue de 3.866 personas, para situarse en julio 2018 en 3.411 personas.

El gobierno justificó que esa reducción se debe a que el Ministerio de Justicia y Paz “ha impulsado la creación y operatividad de medidas alternativas a la prisión, entre las que destacan promover la ubicación de población privada de libertad al Nivel Semi Institucional, la Unidad de Monitoreo Electrónico, la Valoración Preliminar, la modificación al artículo 77 de la Ley 82014 (77 bis), y los servicios de utilidad pública mediante la reforma al artículo 56 bis del Código Penal”.

Centros repletos

Aun así, de los 24 centros penitenciarios que registra esa cartera, 10 padecen sobrepoblación hasta tres veces más alta que el promedio nacional, con indicadores entre 32% y 94%.

En su jurisprudencia, la Sala Constitucional ha determinado que un centro penal padece “hacinamiento crítico” cuando hay una sobrepoblación superior a 20%. El parámetro en se basa en las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos y a las recomendaciones del Comité Europeo para los Problemas Criminales.

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Fuente: Ministerio de Justicia y Paz

Por ejemplo, el centro penal Carlos Luis Fallas, de Pococí (Limón), tiene la mayor sobrepoblación del país. Las instalaciones pueden albergar a 762 personas pero están ocupadas por 1.478 privados de libertad. Es decir: por cada espacio donde deberían haber 100 reclusos alojados se han hacinado 194.

El centro Jorge Arturo Montero (La Reforma), que alberga la mayor población penal del país, registra una sobrepoblación de 59,7%. La cárcel alberga actualmente a 3.189 personas, cuando su capacidad oficial es de 1.996 individuos.

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