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Fernández confundió medidas cautelares con ejecución condicional de penas al hablar de “Diablo”

DOBLE CHECK 31 de julio del 2026

Fernández confundió medidas cautelares con ejecución condicional de penas al hablar de “Diablo”

Darío Chinchilla

doblecheck@ucr.ac.cr

En resumen: Es incorrecto que el proyecto de ley de tobilleras electrónicas que anunció Laura Fernández hubiera impedido la fuga de hace una década de Alejandro Arias Monge, alias Diablo, como afirmó la presidenta. La iniciativa no habría alcanzado un caso como el suyo: cuando Arias salió de prisión en 2016, era un imputado sujeto a medidas cautelares, mientras que la reforma que ahora impulsa el Gobierno se dirige exclusivamente a personas condenadas que cumplen su pena en modalidades abiertas. 

Además, el monitoreo electrónico para imputados ya estaba contemplado por la ley desde 2014 y se implementó en 2017.

Durante el anuncio de un segundo paquete de proyectos de seguridad, Laura Fernández dijo: “Si esto [el proyecto de tobilleras] hubiera estado vigente hace diez años, cuando el Poder Judicial sacó de la cárcel al Diablo y lo mandó para afuera nada más con medidas como llegar a firmar cada 15 días porque tenía domicilio fijo, el Diablo no habría acabado con 200 vidas de costarricenses”.

La iniciativa de ley 25.673 establecería el uso obligatorio de dispositivos de monitoreo electrónico para personas sentenciadas ubicadas en los niveles de Atención Semiinstitucional y Atención en Comunidad. Arias Monge no se encontraba en ninguna de esas condiciones cuando quedó en libertad en 2016.

Alias Diablo fue detenido el 2 de agosto de 2015 como sospechoso de participar en dos homicidios y permaneció en prisión preventiva durante 14 meses y seis días. A pesar de una solicitud de prórroga de la Fiscalía, el Juzgado Penal acogió la petición de la defensa de sustituir la prisión preventiva por otras medidas cautelares. Arias Monge no se presentó al juicio y, en 2019, fue declarado rebelde y se ordenó su captura. Arias permaneció prófugo hasta que las autoridades judiciales lo detuvieron el 24 de julio de este año.

Doble Check pidió clarificaciones a Casa Presidencial sobre las afirmaciones de Fernández, pero no obtuvo una respuesta oportuna.
 

Anuncio y crítica de Fernández

La presidenta de la República, Laura Fernández, presentó un segundo paquete de proyectos de seguridad el 27 de julio en la Asamblea Legislativa. Entre estos estuvo la iniciativa 25.673, que pretende ampliar el uso de dispositivos de monitoreo electrónico para personas sentenciadas que cumplen la condena fuera de un centro penitenciario.

La presidenta vinculó directamente el proyecto con el caso de Alejandro Arias Monge, alias Diablo: “Si esta ley hubiera estado vigente, el Diablo no habría estado diez años en fuga, matando gente inocente e incluso mandando a asesinar policías”, dijo Fernández.

Según la mandataria, el proyecto complementaría los controles basados en firmas periódicas por medio de dispositivos de monitoreo electrónico: “Con esta reforma vamos a olvidarnos de eso de que solo lleguen cada 15 días a firmar. A las personas que los jueces de ejecución saquen de la cárcel con medidas como tener domicilio fijo y, reitero, únicamente llegar a firmar, vamos a ponerles una tobillera”.

La mandataria también acusó a los jueces de ejecución de la pena de autorizar que personas privadas de libertad cumplan su condena fuera de prisión incluso cuando los informes técnicos del Instituto Nacional de Criminología recomiendan mantenerlas encarceladas. 

Fernández incluyó a Arias Monge entre esos casos y atribuyó su liberación a una autoridad de ejecución de la pena: “Hacen caso omiso de las recomendaciones del Instituto Nacional de Criminología y están liberando a una gran cantidad de delincuentes. El Diablo es un ejemplo muy odioso, muy triste. Asesinó a 200 personas por una cabezonada de un fiscal de ejecución”, aseguró la presidenta.

 

El caso que Fernández usó de ejemplo no sirve de ejemplo

Alejandro Arias Monge, alias Diablo, no salió de prisión porque hubiera cumplido una condena. Tampoco porque hubiera sido absuelto.

Según una reconstrucción de Doble Check basada en reportes de prensa, alias Diablo fue detenido el 2 de agosto de 2015 como sospechoso de participar en dos homicidios por encargo ocurridos en Pococí: los de Ademar Jiménez Gómez y Pablo Castro Barrantes. El expediente conocido como “caso Perritos” incluye también una tentativa de homicidio y el presunto delito de asociación ilícita.

El Ministerio Público aclaró a Doble Check que Arias Monge permaneció en prisión preventiva durante 14 meses y seis días. A pesar de una nueva solicitud de prórroga del Ministerio Público, la medida cesó cuando el Juzgado Penal acogió la petición de la defensa de sustituir la prisión preventiva por otras medidas cautelares. La Fiscalía indicó que se le impuso la obligación de firmar periódicamente y el impedimento de salida del país.

Alias Diablo debía enfrentar todavía el juicio por los homicidios de Además Jiménez Gómez y Pablo Castro Barrantes. Según el Ministerio Público, Arias Monge no se presentó al juicio y, en 2019, fue declarado rebelde y se ordenó su captura. Arias permaneció prófugo hasta que las autoridades judiciales lo detuvieron el 24 de julio de este año.

Si no se prestase suficiente atención, la historia pareciera encajar con el argumento de Fernández: un sospechoso salió de prisión, quedó sometido a controles insuficientes y desapareció durante casi diez años. Sin embargo, el proyecto que presentó no aplicaría a un caso como este.

 

Proyecto del Gobierno aplica a personas condenadas

La iniciativa 25.673 no modifica las reglas de la prisión preventiva ni las medidas cautelares aplicables a quienes solo han sido imputados de un crimen. El proyecto se enfoca en otro momento del sistema de justicia: propone el uso de dispositivos de monitoreo electrónico con personas ya sentenciadas que cumplen su pena en los niveles de atención Semiinstitucional o en Comunidad. Alias Diablo no se encontraba en ninguna de esas condiciones cuando salió de prisión hace una década.

“Sí, definitivamente [la presidenta] está mezclando cosas: 1) cuando estamos frente a la etapa presentencia y 2) cuando estamos con sentencia en firme”, indicó a Doble Check el abogado penalista, David Delgado.

Gerardo Huertas, también abogado penalista, llegó a la misma conclusión a partir del alcance del proyecto. La iniciativa está dirigida a personas condenadas que han pasado del régimen institucional a modalidades que les permiten salir del centro penitenciario, por ejemplo, para trabajar, y pretende monitorearlas mientras se encuentran fuera de la cárcel.

“Ellos [el Gobierno] lo que proponen es que la tobillera electrónica aplique para personas en ejecución de la pena, o sea, personas ya condenadas que pasan del régimen institucional a uno que se llama semiabierto o semiinstitucional, o a régimen de comunidad”, indicó Huertas.

La propia Fernández definió el alcance limitado de la iniciativa durante su presentación: “El impacto que esperamos con esto es una mayor capacidad de supervisión y control, una respuesta inmediata, el fortalecimiento de la seguridad y una mayor confianza institucional en las modalidades abiertas de ejecución de la pena”, dijo la presidenta.

Delgado agregó que, antes de una sentencia, pueden imponerse medidas cautelares como la prisión preventiva. Estas decisiones corresponden a juzgados o tribunales penales; o a los fiscales ordinarios. Los juzgados de ejecución intervienen posteriormente, cuando existe una sentencia firme y debe supervisarse el cumplimiento de la pena.

“Una persona que no haya tenido sentencia firme —supongamos que Diablo— nada tendría que ver ni hacer un fiscal de ejecución en este caso”, explicó el abogado.

Laura Fernández afirmó que, aunque el Instituto Nacional de Criminología advierta que una persona no debe salir de prisión, a esos jueces “por aquí les entra y por aquí les sale”; y señaló que el de alias Diablo era uno de esos casos. Sin embargo, ningún juez de ejecución pudo haber ordenado la libertad de Arias Monge en 2016 pues todavía no cumplía una condena en firme. Fernández cuestionó así la actuación de una autoridad que no intervino en el caso.

 

La tobillera ya es una medida cautelar posible

El ejemplo de Fernández tiene un fallo adicional: la herramienta que la presidenta dijo que habría evitado la fuga de Arias Monge ya está vigente.

Desde setiembre de 2014, el Código Procesal Penal permite que un juez imponga la “localización permanente con mecanismo electrónico” a una persona imputada. La Ley 9.271 incorporó expresamente esa posibilidad como medida cautelar; es decir, durante el proceso penal y antes de que exista una condena.

Ese era precisamente el momento procesal en el que se encontraba Arias Monge cuando recuperó la libertad. Aún así, cuando el sospechoso salió de prisión, el 28 de octubre de 2016, el sistema de monitoreo electrónico todavía no había comenzado a funcionar

En enero de 2017, el Ministerio de Justicia aún esperaba la aprobación del reglamento para ese tipo de monitoreo y trabajaba en su instalación. El proyecto había sufrido retrasos y la contratación del servicio apenas había sido adjudicada en septiembre de 2016, como se reportó en esta nota de Radio Monumental.

El reglamento no fue emitido hasta el 30 de enero de 2017 y las primeras tobilleras comenzaron a usarse el 27 de febrero, cuatro meses después de la liberación de Arias Monge. 

Para julio de 2017, el Ministerio de Justicia reportaba 270 personas bajo monitoreo electrónico. De ellas, 39 eran imputadas que portaban el dispositivo como medida cautelar mientras esperaban el juicio. Las otras 231 habían sido condenadas a arresto domiciliario, reportó El Mundo CR en ese entonces.

Esta distinción importa. Cuando Arias Monge salió de prisión en 2016, el monitoreo electrónico ya estaba previsto para personas en su situación procesal. Lo que el Estado aún no tenía listo era el reglamento y el sistema necesarios para aplicarlo.

Fernández aseguró que su reforma habría cambiado la historia de alias Diablo. En primer lugar, su reforma no abarca casos como esos. En segundo lugar, la ley para ese escenario imaginado ya existía.

 

Los 200 homicidios se atribuyen a la organización

Fernández afirmó que, tras quedar en libertad, Arias Monge “acabó con 200 vidas de costarricenses”. Sin embargo, esa cifra no corresponde a homicidios atribuidos directamente al sospechoso.

En la conferencia posterior a su captura, Michael Soto, director interino del OIJ, explicó que la institución vincula aproximadamente 200 homicidios con la organización criminal de Arias Monge. Según Soto, el grupo comenzó a operar entre 2016 y 2017, pero su actividad se intensificó a partir de 2019. La estimación incluye casos ocurridos durante varios años y algunos que ya fueron resueltos.

Cuando se le preguntó específicamente por los delitos vinculados directamente con Arias Monge, Soto mencionó un homicidio calificado de 2019, tentativas de homicidio y otros delitos. No le atribuyeron personalmente los 200 asesinatos.

Soto añadió que el OIJ vincula cerca de 100 homicidios con la organización de Jonathan Pérez Méndez, alias Tan, y otros 60 con la de Ronny Ríos Oconitrillo, alias Coco Guácimo, los otros dos cabecillas que participaron en el enfrentamiento del 24 de julio que terminó en el arresto de alias Diablo. Al igual que en el caso de Arias Monge, el jerarca del OIJ aclaró que las cifras se atribuyen a sus grupos criminales, no personalmente a cada sujeto.